Si eres familiar, amigo, abogado de algún jubilado o pensionado ANSES, Conoce los Requisitos para ser Apoderado de Jubilados y Pensionados. Esta es una opción diseñada para facilitar el disfrute de la previsión social a los adultos mayores.
Revisa la siguiente información, es una guía práctica y sencilla, para que el trámite sea exitoso, bienvenidos a continuar leyendo.
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Cómo ser Apoderado de Jubilados y Pensionados
Existen situaciones en las que los jubilados y los pensionados, no están en capacidad para andar transitando por las calles, para hacer los trámites necesarios ante ANSES, o poder cobrar o recibir las respectivas asignaciones monetarias.
En estos casos, existe la posibilidad de designar a una persona de su entera confianza, para que en su nombre las realice, es decir, nombrarle como su apoderado/a.
La persona apoderada puede ser alguien con un vínculo familiar o un amigo, también un tercero que brinde este servicio como un abogado, tutor, gestor, representante diplomático o cónsul.
Para que esta persona sea oficialmente el apoderado, debe cumplir con la condición de contar con la mayoría de edad, mayor a los 18 años.
Y realizar el registro correcto en la plataforma de identificación biométrica, conocida como Mi Huella. Este trámite debe hacerse en el lapso que el ente autorizado habilite el sistema.
También debe presentar documentos que certifiquen la relación existente con el jubilado o pensionado. Como por ejemplo, si se trata del conyugue, se debe presentar el acta de matrimonio, además de su documento nacional de identificación y el de su pareja, ambos requisitos en original y copia.
Apoderado para trámites
Al referirnos al apoderado para trámites, es para las gestiones de una jubilación, de pensión o de reajustes.
Estará habilitado para solicitar turnos y realizar las tareas necesarias en el nombre del titular de la asignación.
Los apoderados pueden ser:
- Por vínculo familiar con el titular, iniciando con el conyugue, por ascendencia hasta el grado de bisabuelos, por descendencia hasta los bisnietos, también los hermanos, tíos, cuñados, sobrinos, primos, hijastros, padrastros, suegros, nueras y yernos.
- Los Tutores.
- Los profesionales en Abogacía y los gestores, ambos con su respectivo registro en ANSES.
- También los representantes diplomáticos o consulares.
Apoderado para cobro
Si el caso es que se requiere un apoderado para recibir el cobro, existe la opción de designar a una persona con o sin nexos familiares y de su entera confianza.
En la situación que el titular resida en territorio fuera de Argentina, se puede elegir una entidad bancaria, que cuente entre sus servicios con la opción de giro al exterior.
Entre los bancos capacitados, tenemos: al Banco Itaú Argentina S.A., al Banco de la Nación Argentina, Banco Comafi S.A., Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Credicoop Cooperativo Ltdo, Banco Piano S.A., Patagonia S.A.
También pueden ser designadas entidades públicas con alcance nacional, con alcance provincial, y con alcance municipal.
Incluidos las autoridades o personal directivo o administradores de asilos públicos o privados, instituciones similares, sanatorios y hospitales. Donde por razones justificadas de salud, se encuentre internada la persona titular de la pensión o jubilación.
Si fuese el caso, que el titular presenta una condición que le impide la movilización, puede designar a representantes especiales por un tiempo determinado.
Tiene la opción de designarse a mutuales e instituciones de asistencia social, así como a Abogados y procuradores, con el respectivo poder certificado ante escribano público.
Requisitos para ser apoderado
Según la normativa emanada de ANSES, la persona, institución o representante que actuará como apoderado debe ser mayor de dieciocho años, o en su defecto estar emancipado.
- Es indispensable y obligatorio que el apoderado realice el registro en la plataforma de identificación biométrica Mi Huella.
- Presentar en original y copia, el documento nacional de identidad del titular y del apoderado.
- Según la relación con el titular, se debe presentar el documento -original y copia- que certifique esta existencia:
- El acta de matrimonio, si es cónyuge
- La partida de nacimiento, el documento de identidad o información sumaria judicial, si existe un nexo familiar o parental.
- Entidades bancarias, la Carta Poder Formulario PS 6.4 , firmado y sellado por la autoridad del banco.
- Como tutor/curador, la sentencia judicial donde se especifique la designación como representante legal/curador, y se detalle la autorización de cobrar el monto por jubilación o pensión.
- Para abogados, deben presentar los tres formularios autorizados por ANSES sobre las Carta Poder, comenzando con el Formulario PS 6.4 . También el referido a la moratoria previsional o Carta Poder Régimen Ley Nº 26.970, y el Formulario PS 6.304 – Carta Poder Régimen Ley N° 24.476, incluida la Credencial vigente correspondiente.
Registro de huellas para apoderados
Como hemos comentado en párrafos anteriores, el registro en la plataforma biométrica Mi Huella, es unos de los requisitos obligatorios.
Este sistema ha sido creado con la finalidad de poder conocer la identidad de las personas por medio de la digitalización de las huellas dactilares, con la intención de dar fluidez a la gestión de trámites.
Para realizar este trámite, es necesario poseer la Clave de la Seguridad Social. Obtenerla es muy sencillo, existen tres opciones:
Para una clave nivel 2:
- Ingresar a la página web de ANSES, ubicar MI ANSES,
- Seleccionar “Crea tu clave”, lee y acepta las políticas de Seguridad
- Completa los campos solicitados hasta finalizar y obtener la clave
La segunda opción es vía telefónica, marcando 130, contactaras con la unidad de Atención Telefónica del Canal de Comunicación Ciudadana.
Para una clave nivel 3
La tercera opción es apersonándose en cualquier Oficina de ANSES, sugerimos la más cercana a su domicilio. No es necesario solicitar turno previo, solo presentar el original del DNI.
Una vez que posee la Clave de la Seguridad Social, está habilitado para realizar los trámites que permite Mi Anses. Para el tema que nos ocupa, registrar la huella dactilar para ser apoderado.
- Ingresar a la página web oficial de ANSES
- Ubicar Mi ANSES, luego selecciona Mi Huella Digital, ahí podrás consultar el estado de la huella dactilar.
- Solicitar un turno por ANSES para ser atendido en una oficina y presentarse en la fecha asignada con los documentos de identidad del titular jubilado o pensionado y del apoderado.
Si el apoderado, no pudiese registrar su huella, por algún inconveniente con sus datos registrados en ANSES, con turno previo y el Formulario PS 6.4 de Carta Poder, deberá asistir a una oficina de ANSES a realizar el trámite.
Sacar turno para apoderado
En los trámites para formalizar el registro de apoderado, primero debes solicitar un turno para la presentación de la documentación ante las oficinas de ANSES. Sugerimos tener a la mano, el numero de CUIL del apoderado y del titular, sigue los siguientes pasos:
- Ingresa a la página de internet de Anses
- Ubica la categoría de Pensionados y Jubilados
- Ingresas en Trámites Frecuentes
- Selecciona la opción de Apoderado para jubilados y pensionados
- Reúne la documentación requerida para cada caso (trámites o Cobro)
- Selecciona Sacar turno
- Completa los campos solicitados
- Y asiste en la fecha y hora indicada a la oficina seleccionada
Como cambiar de apoderado
Para realizar el cambio de apoderado para el cobro de jubilación o pensión, debe ser hecha por el titular de la asignación previsional, de manera presencial en las oficinas de ANSES.
No es necesario solicitar turno para ser atendido, basta con asistir acompañado de quien será su nuevo apoderado y su documento nacional de identidad, y los demás documentos solicitados.
Dar de baja a un apoderado
El trámite para dar de baja a un apoderado, al igual que para el cambio, debe ser realizado por el titular de la jubilación o pensión. Sin turno previo, apersonarse en la oficina de ANSES, sugerimos la que esta más cercana al domicilio y solicitar la atención para la gestión.
Si desea designar otra persona como apoderado, debe llevar la documentación requerida según el caso.
¡Éxito!