Obtén el Certificado de Servicios y Remuneraciones

Si ha finalizado alguna relación laboral debe saber que puede tener un aval de sus servicios, vea cómo obtener el Certificado de Servicios y Remuneraciones. ¡Sigue leyendo!

Certificado

¿Cómo obtener el Certificado de Servicios?

Este certificado puede solicitarlo una vez que usted haya finalizado una relación laboral esta suele pedirse al ANSES y a su anterior empleador, jefe o patrón como prefiera referirse.

¿A quién está dirigido el Certificado de servicios?

Este certificado se encuentra dirigido a aquellos empleadores que actualmente se encuentren en el marco de lo que es el sistema integrado previsional argentino por siglas mejor conocido como SIPA

Debes tener en cuenta

Este es un derecho que tiene todo trabajador que solicita lo que es la certificación de los servicios cada vez que haya finalizado alguna relación laboral, sin importar si esto será por una renuncia, el despido, o en dado caso por la desaparición de su empresa.

Un empleador puede ser sancionado si en algún momento se niega a expedir este certificado en los 30 primeros días luego de que haya finalizado la relación laboral.

Requisitos

Requisitos

Dicha relación laboral ya tiene que encontrarse registrada en Mi simplificación el cual es el registro de las altas y las bajas en la materia de la seguridad social de la AFIP.

El trabajador normalmente debe tener  ya declarado al menos uno de los periodos del trabajo.

Las declaraciones juradas de cada periodo es mejor si ya han sido presentadas, sea en línea o a través de algún certificado expedido.

Pasos a seguir

Debe iniciar el trámite que este ingresando en el ANSES con su número del CUIT en conjunto con su clave de la seguridad social.

Anses

Debe consignar con posterioridad el número de la cuente de la empresa en donde se encuentra laborando en la DNRP, el cual es utilizado en las declaraciones juradas por sus siglas es el DDJJ que se encuentra siendo efectuada anteriormente.

A la fecha de julio de 1994 o con el número de la inscripción en las cajas anteriores de su empresa y que tiene el inicio de la actividad que haya sido posterior al año 1975.

Una vez que se encuentre dentro de la opción que es la Certificación de los servicios, si eres empleador entonces deberás:

  • Debes consignar tu número del CUIL del trabajador que lo haya solicitado y que proceda a poder ingresar su solicitud.
  • Debe estar consultando todas las solicitudes y los diferentes estados que se indiquen.

Si no eres empleador tienes que consultar los aportes que han sido registrados en el ámbito de la nación, esto ingresando a lo que es Trabajo/ Historia Laboral, esto en su ANSES con su respectiva clave de la seguridad social, si usted no la tiene puede solicitarla antes.

Reúne la documentación que se requiere para que pueda comprobar los periodos que estuvo trabajando que no se encuentran registrado en su historial laboral.

Luego solicita un turno en el ANSES, debes recordar consultar la información acerca del día y del lugar en donde le fuese asignado el turno teniendo de esta forma la posibilidad de confirmarlo o cancelarlo.

Debe presentarse en la oficina que fue asignada en el turno que se requiere.

Plazo de entrega

Una vez que haya concluido alguna relación laboral, las empresas se encuentran bajo la obligación de entregarles a los empleados sus respectivos certificados para el trabajo. Que es lo que exige su artículo 80 de la ley número 20.744. Debe ser entregado dentro de los primeros 30 días corridos luego de finalizada la relación laboral existente.

Este es un documento que tiene su utilidad. Ya que con estos el trabajador es quien puede acreditar la experiencia de trabajo que dice haber adquirido ante un nuevo empleador. Para que una vez llegado el momento de su jubilación pueda demostrar todos sus aportes ante el sistema

El reclamo formal se debe realizar a través de algún medio comprobable. Y, por parte del trabajador de las constancias y los certificados. Que son exigidos a través del artículo 80, tiene que estar dentro de los 30 días posteriores a la finalización de la extinción del vínculo laboral.

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Esto obtiene como una consecuencia si la obligación no es cumplida de la parte del empleador. Por ello el trabajador puede también reclamar alguna indemnización por parte de su empresa o directamente del empleador. Todo según lo que indica la norma.

Una vez que se haya efectuado dicha intimación la cual en este caso le insistiremos en que la podrá realizar el trabajador. A partir de que el plazo de los 30 días que empezaran a correr desde las cero horas del día en que se haya decidido finalizar el vínculo laboral. El empleador contara con dos días hábiles para otorgarlo.

Esto siempre y cuando se realice la petición. Tiene que tener en su conocimiento que no existe ningún fundamento legal por el cual el empleador pueda decidir negar la expedición de un certificado, constancia y certificaciones documentadas que tengan que ver con la relación de trabajo.

¿Qué es el Certificado de servicios?

Es uno de los derechos que tienen las personas trabajadoras, deben solicitar la certificación de servicios. Cada vez que este sea necesario y siempre al finalizar una relación del tipo laboral. Esto sea ya por una renuncia, algún despido o en dado caso porque haya desaparecido la empresa.

El empleador puede tener alguna sanción en el caso de que se niegue a realizar la certificación en el periodo de los 30 días una vez finalizada la relación laboral.

Todos los trabajadores que se encuentran en la relación de la dependencia

Pueden comenzar a solicitar a su empleador la certificación por sus servicios.

Este en términos generales. Es un comprobante en el cual ha figurado el tiempo que se ha trabajado y de la remuneración que se haya obtenido. Esto es necesario presentarlo para el momento de su jubilación.

Como ya le dijimos este tipo de certificado debe ser solicitada por el trabajador y debe de ser otorgada por el empleador, esto para que dé cuenta acerca de la relación laboral, aportes retenidos, remuneración otorgada y toda la documentación que sea necesaria para que se pueda acreditar los servicios

Este comprobante puede ser acreditado a través del ANSES, para empezar a registrar los aportes jubilatorios en el organismo en caso de no tenerlos registrados.

Entre los datos que tienen que aparecer en dicho certificado son los siguientes:

  1. El tiempo de la prestación de los servicios esto indica el ingreso y egreso
  2. La naturaleza de sus servicios lo cual es el cargo que anteriormente ocupaba el trabajador
  3. La constancia que indique el sueldo que era percibido
  4. La constancia de aquellos aportes y contribuciones que fuesen realizadas por el empleador como lo fuese a la seguridad social del individuo
  5. La calificación laboral profesional que hubiese tenido la persona en los puestos de trabajo ejercidos.

Modelo de Certificado de servicios  y remuneraciones

Modelo

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