Si creías que no se podía, te recomiendo continúes leyendo este articulo y te enteres cuales son los Requisitos para Cambio de Apellido en Venezuela y toda la información referente a este tema.
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Requisitos para Cambio de Apellido en Venezuela
De acuerdo a lo que establece la Ley Orgánica de Registro Civil que define toda persona tiene una sola oportunidad de cambiar su nombre propio ante el Registrador Civil.
Los requisitos para cambio de apellido en Venezuela, están debidamente expresados en esta el Reglamento de la Ley Orgánica de Registro Civil, los cuales mencionaremos a continuación:
- Primeramente se requiere haber cumplido la mayoría de edad.
- En el caso de ser adolescente, este debe ser mayor de los 14 años de edad.
- Si se trata de un niño, niña o adolescente menor de 14 años de edad, la madre o el padre o el representante legal, debe solicitar este petitorio.
Como tramitar el Cambio de Apellido en Venezuela
El Consejo Nacional Electoral, en fecha septiembre de 2009, promulga la Ley Orgánica del Registro Civil y en marzo de 2010 entra en vigencia.
Estableciéndose así, el proceso para el cambio de apellido en Venezuela, de una forma legal. Aunado a ello se estableció que toda persona tendrá solo una oportunidad para ejercer este derecho ante un Registrador Civil.
Si bien es cierto, este ha sido un tema bastante controvertido a lo largo de los años en nuestro país antes de que esta Ley entrara en vigencia, ya que no existía la certeza que estableciera la oportunidad de realizar dicho cambio.
Es por ello, entonces, que esta sentencia, tiene la finalidad de regularizar aquellos casos en los que pudiese proceder tal solicitud.
Cabe destacar que aunque la Ley le permite a toda persona realizar el cambio, no menos cierto es que existen parámetros para que sea un hecho por completo tal solicitud.
Por ejemplo, en este caso el cambio se realizaría, si y solo si, el nombre propio fuera:
- Someta a la persona a la burla en público.
- Sea denigrante.
- Infrinja contra la reputación, honor o integridad de la persona.
- No sea acorde a su naturaleza.
- Cause efectos en el desenvolvimiento de su personalidad.
Es importante entender que esta solicitud debe realizarse en el Registro Civil donde quedó asentada el acta, contemplada en el Reglamento de la Ley Orgánica de Registro Civil.
Según lo que se plantea en esta normativa, y de acuerdo a los parámetros planteados, el cambio de apellidos se hará realidad, si la autoridad interviniente lo considera pertinente y decide que está justificado.
Debido a esto, es que las solicitudes se estudian y procesan con suficiente tiempo para determinar si realmente es un cambio por necesidad o por capricho.
Pasos a seguir
El interesado debe hacer la solicitud por escrito, es decir debe realizar una carta exposición de motivo dirigido al Registro Civil que tramitará el proceso administrativo de rectificación de actas.
La solicitud que se realizará, debe contener los datos:
- El acta que se espera modificar (N° folio, tomo, páginas, etc.).
- Nombre completo de la persona que desee el cambio.
- Razón o motivo por la que solicita el cambio.
- Y por ultimo y no menos importante, la dirección donde se recibirá la resolución y la firma de la persona que hace la solicitud.
Una vez que se hace la solicitud del cambio del apellido, se realiza el debido proceso de rectificación de actas contentivo de este reglamento, conforme a lo establecido en la Ley que se menciona.
Cabe destacar, que esta solicitud debe hacerse, en el Registro Civil donde quedó asentada el acta, contemplada en el Reglamento de la Ley Orgánica de Registro Civil.
Si el Registrador Civil considera que esta solicitud cumple con los parámetros establecidos, iniciará el proceso y reenviará dicha solicitud a la Oficina Municipal del Registro Civil.
Luego el Registrador de la Oficina Municipal, tendrá un lapso de ocho (08) días hábiles, para emitir la respuesta, sea a favor o no del solicitante.
Cuando la solicitud es negada por parte de dicha autoridad, el solicitante debe seguir los pasos que establece la Ley Orgánica de Registro Civil.
Normativa sobre el Cambio de nombre o apellido en Venezuela
En el siguiente listado, se mencionan las Leyes y el Reglamento inherentes al tema que exponemos acá, los cuales son los que rigen en la acción del cambio de apellido en Venezuela, y estos son:
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (Artículo 28).
Reglamento de la Ley Orgánica de Registro Civil(Artículos 91 y 92).
Ley Orgánica de Registro Civil (Artículos 146, 147 y 148).
La ley Orgánica de Identificación (Artículos 4 al 7).
Código Civil (Artículos del 235 al 239).
Preguntas frecuentes
1.- ¿Para realizar el cambio de apellido se debe pagar una cuota especial?
Luego de su promulgación, La Ley de Registro Civil, facilita y otorga el cambio de apellido en los casos que lo amerite siempre y cuando este justificada la solicitud de forma gratuita.
2.- ¿Puedo cambiar mi apellido y donde debo hacerlo?
Toda persona que cumpla con los parámetros establecidos por esta Ley, podrá realizar la solicitud ante el Registro Civil en el cual reposa el acta. Cabe destacar, que dicha solicitud debe realizarse ante el Registrador Civil.
3.- En el caso que sea un niño ¿Qué se debe hacer?
Si el tramite que se quiere realizar es para un niño menor de edad, esta solicitud debe hacerla el representante legal, el padre o la madre responsable del menor.
Si el caso es por un adolescente de catorce (14) años o más, podrá realizar la solicitud por sí mismo sin la presencia de sus padres.
4.- ¿Cual es el lapso de espera para que un solicitante obtenga respuesta de parte del Registro Civil?
El lapso o tiempo de espera inicia a partir que el Registrador Civil emite la solicitud a la Oficina Municipal del Registro Civil, el cual consta de ocho (08) días hábiles.
5.- ¿Cuáles son los parámetros que exige la Ley para permitir el cambio de apellido de una persona?
La única via para que el Registro Civil por medio de un Registrador avale la solicitud del cambio de apellido es motivado a que:
- Atenta contra la integridad, honor de esta persona.
- Afecte el desenvolvimiento personal.
- No sea acorde a su naturaleza.
- Sea denigrante.
- Entre otros.
Nos leemos!!!
excelente resumen y documentado
Buenas tardes tengo una pregunta yo quiero otorgar mi apellido a una mayor de edad no tenemos lazos sanguíneos pero la considero mi hija y de igual manera ella me considera su padre que requisitos necesito para poder otorgarle mi apellido legal
Hola quiero canbiarle el apellido ha mi hija que su verdadero padre la quiere rejistra
Me siento preocupada necesito solucionar un problema tan grande que tengo meti a mí hermana en problemas colocándole el apellido de otra persona a su hija que no es su padre verdadero y quisiera saber si puedo ayudarla para que ella se lo quite no me siento ajustó de que me estén culpando más por eso que debo hacer .
Se puede modificar el apellido , pregunten en el registro.