El estado argentino te brinda una gran cantidad de beneficios sociales y ayudas económicas, que ayudan a protegerte como trabajador y como miembro de un núcleo familiar, al momento de estar embarazados y al momento de dar a luz. A continuación te presentamos uno de estos beneficios, como lo es el cobro por nacimiento.
ÍNDICE DE CONTENIDOS
¿Qué es la Asignación por nacimiento y adopción?
Si ya eres madre o estás a punto de tener un bebé aquí te entregamos toda la información en relación a los documentos que debes tramitar y los beneficios y derechos que te corresponden en estos casos.
El primer derecho de todo niño al momento de su nacimiento, es el derecho a la identidad: a tener un nombre, su nacionalidad, sus orígenes y su idioma.
Para esto es indispensable inscribir el nacimiento del niño y de esta manera obtener su documentación. Estos documentos abrirán una cantidad de beneficios que son otorgados por el Estado al niño y a sus padres.
Uno de estos beneficios otorgados por el Estado Argentino, es la asignación familiar por nacimiento o adopción.
Esta asignación familiar no es más que el cobro único que realizan los trabajadores que se encuentran en relación de dependencia, al momento de él nacimiento de algún hijo o de la adopción de uno. Esta asignación solo es percibida por uno de los padres.
Sólo les corresponderá a quienes cumplan alguno de estas condiciones:
- Trabajadores que laboren bajo relación de dependencia (a través del Sistema Único de Asignaciones Familiares –SUAF).
- Aquellos trabajadores que estén cobrando a través de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo.
- Todas aquellas personas que estén cobrando la pensión por desempleo.
- Aquellos ciudadanos que se encuentren cobrando la Prensión Honorifica de Veteranos de la Guerra del Atlántico Sur.
Adicional de las condiciones antes mencionadas, para poder cobrar este beneficio, se deben cumplir con algunos requisitos, los cuales son:
- El salario devengado por los padres deben ser menores a los salarios topes que se establecen en la normativa vigente. Estos salarios topes pueden verse en la página web oficial de ANSES.
- Trabajador debe tener por lo menos seis meses cumplidos de ocupación en su actual empleo (antigüedad).
- Debe estar debidamente registrado.
- Que la información del padre o la madre (trabajador) y la de su grupo familiar se encuentre debidamente registrada en la base de datos de ANSES. Se puede chequear, cual información se encuentra registrada a través de MI ANSES.
- Se deben presentar todos los documentos que se solicitan en la forma de Asignación Familiar por Nacimiento/Adopción.
En el caso de que poseas dos trabajos, podrás cobrar la asignación familiar por nacimiento o adopción únicamente por el empleo en el cual poseas mayor antigüedad. Y en el caso que estés recibiendo solamente la prestación por desempleo no te quita la posibilidad de percibir este beneficio.
Como datos resaltantes relacionados a este tipo de beneficio, podríamos mencionar:
- Esta asignación es de carácter inembargable.
- No aplica como base imponible para el pago de impuestos.
- El monto recibido por esta asignación no es computable para el cálculo de aguinaldos, o en los casos de indemnizaciones de ningún tipo (accidentes, despido, entre otras).
Requisitos para cobrar la asignación por nacimiento
Los requisitos que se exigen para poder acceder al beneficio de la asignación familiar por nacimiento o adopción son:
- El niño debe tener edad comprendida desde los dos meses hasta los dos años de nacido, o en el caso de ser adoptado, la sentencia de adopción debe tener de dos meses a dos años de dictada.
- Si se es un trabajador bajo relación de dependencia, se debe poseer una antigüedad superior a los seis meses en el trabajo actual que se posea.
- Los ingresos del grupo familiar y los ingresos individuales, no pueden ser superiores a los establecidos en los topes máximos vigente a la fecha, de acuerdo a la resolución Nº 140/2019 emitida por la ANSES.
- Para cancelar la asignación se tomará en cuenta el “Ingreso del Grupo Familiar” (IGF) que no es otra cosa que la suma de los ingresos brutos de todos los trabajadores que laboran bajo relación de dependencia, pertenecientes al grupo familiar.
- En el caso de que un integrante del grupo familiar obtenga un importe bruto que sobrepase los cincuenta y tres mil ochocientos veintinueve ($53.829), el grupo familiar no podrán percibir la asignación familiar por nacimiento o adopción.
- Documentación:
- Documento Nacional de Identidad de los padres y del hijo.
- Las actas de nacimiento del hijo / o la sentencia de adopción del hijo.
El trámite se realiza muy fácilmente, en el caso que ya se encuentren registrado en el ANSES los datos del nacimiento, puedes solicitar la realización del pago llamando al número de teléfono 130.
En los casos que el nacimiento no se encontrase registrado en el sistema todavía, se debe solicitar la cita y asistir a las oficinas de ANSES con toda la documentación necesaria para realizar la solicitud.
¿Cuál es el formulario que necesito?
El formulario a utilizar para la solicitud de este beneficio sería la Forma PS.2.61 (Notificación del Régimen de Asignaciones Familiares. Sistema Único de Asignaciones Familiares, Esta forma en si misma es una declaración jurada y debe ser completada sin enmiendas ni tachaduras y en letra de imprenta.
Esta forma (declaración jurada) está estructurada a través de varias casillas y dividida en rubros:
- Primer Rubro – Datos del trabajador, estos datos deben ser completados por el trabajador sin importar si posee carga familiar o no.
- Segundo Rubro – Datos del Empleador.
Esta planilla será utilizada para la tramitación de los siguientes beneficios ofrecidos por ANSES, que a saber son:
- Asignación familiar por matrimonio. Dinero que se le otorga a uno o a los dos conyugues, por el simple hecho de contraer matrimonio.
- Por nacimiento o adopción. Cantidad de dinero otorgada a un solo padre (sea el padre o la madre) por el nacimiento del hijo o por la adopción de un menor de edad.
- Prenatal. Se puede cancelar desde el momento del embarazo hasta el momento de dar a luz, siempre que no sobrepase las nueve mensualidades.
Entre otras.
Que debo presentar para acreditar un nacimiento
Para poder acreditar un nacimiento ante la ANSES se deben presentar los siguientes recaudos:
En el caso de niños nacidos en argentina:
- Acta de nacimiento, esta se puede realizar en el registro civil que le corresponde, de acuerdo al sitio donde nació o en su defecto será entregada en los hospitales púbicos en el momento de dar de alta a la madre y al niño.
- Documento Nacional de Identidad (DNI) tanto del niño como de los padres, existe la obligación de ir con el bebé para que le tomen las huellas digitales y la foto, al momento de tramitarle el primer DNI al menor, eso si eres padre, madre o tutor legal del recién nacido.
En el caso de niños nacidos en el extranjero:
- Acta de nacimiento, esta debe estar traducida legalmente y visada por el Consulado Argentino del país que corresponda. En el caso de que el país que emite el documento sea signatario de la Convención de la Haya, deberá tener la apostillas estampada en el documento.
En el caso que el país emisor sea un país Mercosur, no será necesario ni la traducción legal, ni la apostilla de la Haya.
- Documento Nacional de Identidad (DNI) tanto del niño como de los padres.
En el caso de adopción:
- Documento Nacional de Identidad (DNI) del adoptado, si corresponde, debe tener los apellidos y el nombre rectificados.
- Copia de la sentencia de adopción. O la partida de nacimiento del adoptado, con los nombres y apellidos rectificados en caso de que corresponda.
- Documento Nacional de Identidad (DNI) de los padres.
¿Cuánto paga ANSES por nacimiento?
La asignación familiar por nacimiento no es otra cosa que una suma de dinero que se le cancela al trabajador por una sola vez. En el mes en que este prueba el nacimiento de un hijo enfrente al empleador. Esta asignación es cancelada por ANSES y es otorgada únicamente a uno de los dos padres.
El monto que paga ANSES por nacimiento o adopción se aproximan a 1.452$AR. En el caso de nacimiento. Y 8.703 $AR en el caso de adopción.
Esperamos que este artículo te ayude a solicitar y recibir los beneficios que te ofrece el Estado Argentino en estos casos en particular. Éxitos en tus trámites.