Para nadie es difícil ver que el mercado laboral en España puede ser un poco contrariante. Por ello, el Estado ha creado una ayuda para que los desempleados totales o parciales puedan recibir una prestación equivalente a las cotizaciones acumuladas por sus años de labor.
A continuación conocerás los requisitos para cobrar el paro acumulado que puede ayudarte en este momento de dificultad.
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Requisitos para cobrar el paro acumulado
Los requisitos para cobrar el paro acumulado se componen de la siguiente documentación:
- El modelo de solicitud para el paro acumulado oficial.
- Los documentos de identidad tanto personales como de los hijos e hijas que convivan con el solicitante o estén bajo su custodia, que se pretendan incluir en la solicitud.
- Un documento o registro bancario que muestre el número de la cuenta de la que el solicitante es titular.
- El libro o historia familiar.
- Un certificado hecho por la empresa o empleador en que se acredite la actual situación legal del contrato de trabajo.
- Si la entidad que gestiona el trámite lo solicita, se debe presentar el justificante de rentas.
Nota: Para obtener más información, se ha habilitado el siguiente teléfono de servicio de atención al ciudadano con el que te puedes comunicar: 901-119-999.
¿Quién tiene derecho a Paro?
Las personas que se encuentren dentro de los grupos que describiremos pueden comenzar a reunir sus requisitos para cobrar el paro acumulado:
- Aquellos cuyo contrato temporal haya finalizado y no haya sido renovado.
- Cuando el periodo de prueba descrito en el contrato se extinga y no se renueve.
- Los trabajadores que hayan pasado por un despido individual o colectivo.
- Si ocurre el fallecimiento o jubilación del empresario.
- En caso de que el empleado sufra una incapacidad permanente o total que impida que ejerza sus labores habituales.
- si ocurre una suspensión temporal o reducción de la jornada en un expediente de regulación de empleo hecho por la empresa.
Como te puedes dar cuenta, uno de los principales requisitos para cobrar el paro acumulado en España es que el trabajador se vea forzado a abandonar (sea por el motivo que sea) la empresa.
Sin embargo, existen algunas situaciones especiales en las cuales, si el trabajador dejó su puesto voluntariamente, igualmente se les otorga el derecho al paro acumulado. Estos son:
- Cuando ocurre un traslado del centro o lugar de trabajo que amerite un cambio en la residencia del empleado.
- Si el empleado regresa a España tras terminar un contrato en el extranjero.
- Los liberados de prisión.
- Si ocurriese el cese involuntario de labores sindicales o de administración del Estado.
- Diversas causas justas determinadas por un acta de conciliación, o en su consecuencia, un juez.
Para cobrar el paro acumulado, tras confirmar que se forma parte de los grupos mencionados, el beneficiario debe cumplir con las siguientes condiciones:
- Encontrarse en situación legal de desempleo o paro.
- Y haber cotizado por lo menos 360 días por desempleo, dentro de los seis años previos al desempleo declarado.
Esto último significa que las personas que no hayan cumplido un año de desempleados no pueden presentar los requisitos para cobrar el paro acumulado. Junto con este caso, existen otras personas que no pueden pedir los beneficios del paro acumulado por varias razones:
- Ser un trabajador autónomo. Sin embargo, más adelante explicaremos las posibilidades que pueden tener los autónomos independientes.
- Las personas que trabajen sin contrato.
- Las amas de casa.
- Los estudiantes.
- Quienes hayan dejado la empresa voluntariamente. Estos últimos renuncian tanto a su derecho al paro como al finiquito.
¿Cómo se solicita el Paro?
El proceso de solicitud del paro acumulado debe hacerse durante los siguientes 15 días hábiles. Estos deben ser contados desde el día que sigue a la oficialización del desempleo. La solicitud se puede presentar de diversas formas, como pueden ser:
- El servicio electrónico del Servicio Público de Empleo Estatal.
- En una oficina de prestaciones. Para esta vía debes conseguir primero tu cita por medio del servicio electrónico del Servicio Público de Empleo Estatal.
- En una oficina del registro público.
- A través del correo administrativo.
Una vez hagas la solicitud del paro acumulado, el pago se te va a hacer por cada 30 días, entre los días 10 y 15 tras el mes que corresponda al devengo. Se va a comenzar a abonar de inmediato en la cuenta que hayas declarado entre los requisitos para cobrar el paro acumulado.
Como se calcula el paro
El cálculo del paro se hace en función de las cotizaciones que ya te explicamos, hechas durante los seis años previos al desempleo. Ten en cuenta que incluso se haber trabajado a tiempo parcial, cada día se cuenta como un día cotizado. De la misma forma, las vacaciones no utilizadas pasan a computarizarse como días cotizados.
Para las personas que entreguen los requisitos para cobrar el paro acumulado, la cuantía del beneficio de contribución se calcula en un 70% de la base reguladora del empleado.
Este sistema se utiliza durante los primeros 180 días que cobres la prestación. Tras el día 181, comienzas a recibir el 60%, calculándose a partir del promedio de las bases de accidentes laborales y enfermedades dentro de los 180 días previos a la formalidad del desempleo. Para este punto no se cuentan las horas extras.
Además, para el cálculo del pago acumulado se deben considerar también los topes mínimos y máximos establecidos cada año. El mínimo para cada caso es de:
- 497 euros si el solicitante no tiene hijos a su cargo.
- 664,74 euros si el solicitante tiene hijos a su cargo.
En contra parte, el importa máximo determinado para el beneficio es el siguiente:
- 1.087,20 euros si el solicitante no tiene hijos a su cargo.
- 1.242,52 euros si el solicitante tiene un hijo a su cargo.
- 1.397,83 euros si el solicitante tiene dos o más hijos a su cargo.
Junto a la prestación económica descrita, el Estado pasa a costear un 100% de la cotización empresarial que se incluye en la Seguridad Social del desempleado. A esto se le agrega un 35% de la cuota del trabajador.
¡Importante!
Para considerar a los hijos a su cargo se toman en cuenta los requisitos descritos a continuación:
- Que estos sean menores de 26 años.
- Si son mayores de 26 años, deben poseer una incapacidad bajo la normativa determinada que sea igual o más de 33%.
- Que estos convivan con el solicitante.
- De no convivir con el beneficiario, se necesita que exista una obligación legal declarada por una resolución judicial. También se tienen en cuenta los convenios que puedan existir para la manutención del hijo o hija.
- Que carezcan de una renta propia que sea igual o mayor al salario mínimo interprofesional.
Tabla de días cotizados para el paro
Ya conocemos que el mínimo establecido para los días cotizados que son requisitos para cobrar el paro acumulado es de 360 días durante los últimos seis años. Sin embargo, existe una herramienta que permite que se defina con precisión los días de derecho a la prestación por desempleo.
A continuación te dejamos la tabla de días cotizados para el paro acumulado:
Periodo de cotización | Días de derecho a prestación por desempleo |
---|---|
De 360 a 539 días | 120 días |
De 540 a 719 días | 180 días |
De 720 a 899 días | 240 días |
De 900 a 1.079 días | 300 días |
De 1.080 a 1.259 días | 360 días |
De 1.260 a 1.439 días | 420 días |
De 1.440 a 1.619 días | 480 días |
De 1.620 a 1.799 días | 540 días |
De 1.800 a 1.979 días | 600 días |
De 1.980 a 2.159 días | 660 días |
A partir de 2.160 días | 720 días |
Preguntas frecuentes
Para finalizar pasaremos a responder algunas de las preguntas frecuentes que se suelen tener con respecto a los requisitos para cobrar el paro acumulado ¡Presta mucha atención!
¿Qué tipos de desempleo se tienen en cuenta para el paro acumulado?
En España, se consideran dos tipos de desempleo para acceder a este beneficio:
- El desempleo total. Este puede ser el caso de un despido, si levantan un expediente de regulación de empleo de suspensión o si simplemente cuando se cesa con la actividad laboral. Es decir, en cualquier caso en que al solicitante se le prive de tu salario.
- O el desempleo parcial. Esto ocurre cuando la jornada de trabajo ordinaria de un empleado se reduzca, y con esto, su salario. Para estos casos se da un margen de mínimo 10% y máximo 70% de la reducción del salario.
¿Cuáles son los requisitos para cobrar el paro acumulado si llevo menos de un año trabajando?
Los requisitos para cobrar el paro acumulado en este caso son:
- Que tu situación legal refleje el desempleo.
- Estar inscrito como demandante de trabajo en el Servicio Público de Empleo Estatal durante todo el tiempo que recibas el beneficio.
- Haber cotizado al menos tres meses en un régimen de Seguridad social, en caso de tener responsabilidades familiares. Esto se permite en los casos en que no hayas cubierto el periodo mínimo de 360 días para la prestación contributiva.
- Haber cotizado un mínimo de seis meses en un régimen de Seguridad social, en caso de no tener responsabilidades familiares. Esto se permite en los casos en que no hayas cubierto el periodo de al menos 360 días para la prestación contributiva.
- No poseer rentas mayores al 75% del salario mínimo interprofesional establecido en el año de la solicitud.
¿Existe alguna forma de perder la posibilidad de cobrar el paro acumulado por ser autónomo?
No. En realizad, si una persona está cobrando el paro y resulta dándose de alta como autónomo, se le presentan dos opciones:
- Pedir que se le pague la prestación, de forma que más adelante pueda reanudarse si hay necesidad.
- Seguir cobrando el pago acumulado durante nueve meses más.
Es muy importante que las personas que recientemente hayan perdido sus empleos sean capaces de sobreponerse y buscar la ayuda que necesitan tras dejar sus puestos de trabajo.
Por ello, asegúrate de conocer todos los requisitos para cobrar el paro acumulado. Si los cumples ¡Utiliza esta guía y sigue el trámite pronto!