Conoce como solicitar un Certificado de No Declarante del IRPF

Conoce como solicitar un Certificado de No Declarante del IRPF  y no demores más los trámites que  exigen la Declaración de Renta.

Son pasos sencillos y fáciles de realizar, sigue leyendo.

Certificado de No Declarante

¿Cómo solicitar un Certificado de No Declarante del IRPF?

La ley 31 del año 1990, en su art. 103, constituye el marco legal en el que se funda la  Agencia Tributaria.

Es un organismo de derecho público  con una regulación jurídica  propia, diferente a la de la Administración General del Estado.

Lo que le da cierta autonomía en elementos presupuestarios y en la gestión de personal,  aunque siempre debe cumplir con los principios propios del ejercicio administrativo.

Entre sus funciones, la agencia tributaria es la responsable de aplicar e implementar de forma efectiva, el sistema tributario estatal y aduanero. Incluidos los recursos de otras agencia  públicas españolas o de la UE, cuyas operaciones están asignadas a través de acuerdos, convenios o por ley.

Por medio de la aplicación del sistema de impuestos, la Agencia Tributaria, debe cumplir con las disposiciones de la constitución, donde todos tenemos el deber de ser contribuyentes para mantener el  gasto público, tomando como base  la capacidad económica de cada contribuyente.

Sin embargo, no posee habilitada la creación, ni la aprobación de las normas en materia tributaria.  Tampoco para la asignación de  los recursos  públicos  entre las diversas administraciones  del estado.

Como una manera de brindar servicios de vanguardia tecnológica y facilitar la obtención de documentos en materia tributaria.

La Agencia tributaria, ofrece a sus usuarios la opción de solicitar algunos tipos de certificados a través de su Sede electrónica. Donde encontramos el Certificado de No Declarante del IRPF,  el cual obtenemos en tan solo diez minutos como máximo.

Esta opción apoya la normativa sobre la simplificación  de los trámites públicos, generando comodidad y seguridad entre los contribuyentes.

Conservando también la opción de solicitar la Certificación  de forma presencial ante las oficinas de la Agencia Estatal de la Administración tributaria, con la correspondiente Cita Previa. Por esta via el documento se obtiene en diez días.

Ambas opciones son muy fáciles y sencillas de utilizar

Requisitos

Certificado de No Declarante

Para realizar la solicitud del certificado por la vía electrónica, se requiere portar alguno de los sistemas de firma electrónica, como:

  1. El certificado electrónico o DNI electrónico
  2. La cl@ve PIN, anteriormente era PIN24H
  3. Número de referencia

Para la cita previa, no se requiere ningún sistema específico de identificación. Solo debe indicar su  NIF,  su nombre y apellidos. Seleccionar el lugar y fecha disponibles  y luego asistir con:

  1. El  DNI o con un documento que compruebe la  identidad del titular
  2. El Modelo 01 correctamente completado, con letra mayúscula legible, en bolígrafo negro.

Pasos a seguir

Para la cita previa

  1. Ingresar a la página web de Agencia Tributaria
  2. Ubicar el icono de Cita PreviaCertificado de No Declarante
  3. Pulse sobre «Solicitud de cita previa».
  4. Despliegue el menú de certificados Tributarios que no son digitales
  5. Tilde sobre Certificados Tributarios
  6. Indique la dirección de su correo electrónico y número de teléfono móvil, si desea que le envíen recordatorio de la citaCertificado de No Declarante
  7. De click sobre Solicitar cita
  8. Seleccione la oficina de su conveniencia
  9. Pulse sobre Enviar
  10. Escoja entre las fecha disponibles, la de su preferenciaCertificado de No Declarante
  11. Ahora seleccione  la hora de la cita
  12. Click sobre  «Enviar»
  13. Listo, la cita se ha solicitado exitosamenteCertificado de No Declarante

 

Para la Solicitud Electrónica

  1. Ingresar a la página web de Agencia Tributaria
  2. Ubicar el icono Obtenga ya su Certificado de Renta
  3. Seleccione  Solicitud y recogida inmediata
  4. Coloque su DNI/NIE o escoja el sistema de identificación digital
  5. Indique el año fiscal  correspondiente con el Certificado requeridoCertificado de No Declarante
  6. Pulse sobre validar solicitud
  7. Revise los datos que se muestran y pulse FirmarEnviarCertificado de No Declarante
  1. Mostrará los datos del solicitante , tilde el campo Conforme y de click sobre Firmar y Enviar
  2. Podrá visualizar el Certificado Tributario solicitado en PDF, pulsando Ver pantalla completaCertificado de No Declarante
  3. Descargue y guarde el documento en su dispositivo.
  4. Puede imprimirlo cuando lo considere conveniente.

Video

¿Qué es el Certificado de No Declarante?Certificado de No Declarante

Corresponde con el  documento  que emite la Agencia tributaria, donde se justifica o avala, de acuerdo con la ley, que una persona física o jurídica, no está obligada a realizar la Declaración de Renta o de ingresos anuales.

Por lo general, el certificado tributario del último ejercicio fiscal o Declaración  de Renta, lo solicitan cuando se tramita la  solicitud de becas estudiantiles, también para acceder a una ayuda social.  Incluso para las matriculaciones en centros de formación públicos.

En vista de ello, si el contribuyente no presentaba las condiciones que lo obligaban a Declarar la renta, de ese periodo, debe presentar el Certificado de No Declarante.

¿Cuáles son los declarantes y no declarantes?Certificado de No Declarante

De acuerdo con la ley tributaria, existen condiciones y situaciones que se deben poseer para ser declarantes o no declarantes de la renta anual  percibida.

Por lo que es indispensable tener muy claro los montos limites del ejercicio fiscal a declarar.

Como premisa general, todos los sujetos obligados a declarar la renta, son aquellas personas físicas que tenían domicilio frecuente en suelo español, durante el año a declarar.

Excepto quienes presenten uno o varias de las siguientes situaciones y  sus montos limites:

  • Para los asalariados, las personas naturales y las sucesiones líquidas.
  1. El monto de ingresos brutos anuales es de 22.000 €, siempre que se originen de un solo pagador.

Este ingreso será aplicado  si se han originado  por varios pagadores según el supuesto, que los ingresos brutos anuales no sobrepasen el monto de 1500, al sumarse los montos generados por el segundo  y el resto de los pagadores.

  1. El monto límite por ingresos brutos anuales es de 12.643€, en caso que:

Los ingresos se originan de  más de un pagador,  al sumar los montos del segundo y los restantes pagadores y estos  sobrepasen los  1.500 € brutos anuales.

Al percibirse pensiones compensatorias del cónyuge o a través de anualidades por pensión alimenticia.

En caso de los rendimientos por  trabajos, los cuales están  sujetos a un  tipo fijo de retención.

Quien paga los rendimientos no tenga obligación de retención, como las pensiones que proceden del  extranjero.

  • Por ingresos de  capital mobiliario y las ganancias patrimoniales

Son considerados bajo este rubro, los dividendos  originadas por  acciones,  por los intereses de cuentas bancarias. Incluidos los  depósitos,  los valores de renta fija, las  ganancias por los reembolsos de las participaciones en fondos de inversión.  También los  premios  resultantes de concursos,  juegos u otros. Los cuales son sujetos de retención o por ingreso a cuenta, si juntos  no sobrepasan los 1.600€ anuales.

  • Ingresos por rentas derivadas de  inmobiliarias, así como rendimientos por letras del tesoro y las subvenciones para la adquisición de viviendas.
  • Las Personas físicas  o jurídicas extranjeras, que no cuenten con domicilio en el país o que estén registradas como Monotributistas.

Modelo Certificado de No Declarante

A continuación mostramos un esquema de un modelo del Certificado de No declarante:

Ciudad                 ,              de 2020

Señores

XXXXXX

De conformidad con el artículo 29 del decreto 836 de marzo 26 de 1991, que regula lo correspondiente al certificado de ingresos para personas independientes no obligados a declarar y que no requieren presentación ante la administración de impuestos, manifiesto que no estoy obligado a presentar declaración de impuesto sobre la renta y complementarios por el año gravable 2019, de acuerdo a lo previsto en el Decreto 2442 del 27 de diciembre de 2018 Articulo 1.6.1.13.2.7., en atención a que no soy responsable del impuesto a las ventas (IVA) y NO obtuve ingresos superiores a CUARENTA Y SEIS MILLONES CUATROCIENTOS DIEZ Y OCHO MIL PESOS M/CTE ($46.418.000) y en mi condición de contribuyente de menores ingresos, manifiesto que NO poseía un patrimonio bruto en el último día del año 2019 superior a CIENTO CUARENTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS DOS MIL PESOS M/CTE ($149.202.000).

NOMBRES Y APELLIDOS ___________________________________________________

CEDULA O NIT ___________________   EXPEDIDA EN ____________________________

DIRECCIÓN ____________________________________________________________

MUNICIPIO______________________DEPARTAMENTO__________________________

TELÉFONO

ACTIVIDAD ECONÓMICA: _______________________________________________

INGRESOS TOTALES RECIBIDOS (AÑO 2019)        ________________

PATRIMONIO BRUTO (AÑO 2019): ___________________________

VALOR RETENCIÓN EN LA FUENTE (AÑO 2019): _________________

RELACION DE PERSONAS A MI CARGO

NOMBRES Y APELLIDOS        DOCUMENTO DE IDENTIFICACIÓN           PARENTESCO

 

La información aquí reportada, se rinde bajo gravedad de juramento, la cual se considera prestada con la firma del presente escrito.

Este documento debe presentarse firmado y fotocopia del documento de identidad.

_________________________________

Firma

C.C.No.

¡Esperamos que su trámite sea exitoso!

¡Haz clic para puntuar esta entrada!
(Votos: 0 Promedio: 0)


Si te ha gustado este artículo sobre los te recomendamos los siguientes artículos relacionados:

Formulario 140

Formulario 140

El Formulario 140 es la herramienta que muchos representantes trabajadores necesitan para cobrar por anticipado la deducción por maternidad. Nadie…

Requisitos para pasar la ITV

Requisitos para pasar la ITV

Entre los trámites que tienes que cumplir para poder utilizar tu coche en España, justo después de tu carnet de…

Deja un comentario