Cuando llegamos a la mayoría de edad estando inmersos en el ámbito laboral, es necesario se tramite de la jubilación.
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¿Cuáles son los Requisitos para Jubilarse en Bolivia?
Antes que nada, debemos saber que la Jubilación es el proceso que contempla el retiro del trabajador adquiriendo una prestación monetaria por el resto de su vida.
En Bolivia, se cuentan con dos AFP (Administradoras de Fondo de Pensiones), donde los trabajadores de todo el país realizan aportes de manera mensual, tipo fondo de ahorro, garantizándole el cobro de una pensión luego de haberse retirado del trabajo.
En cada institución se solicitan los recaudos a todos los trabajadores que cumpliendo los requisitos básicos, se les exige para iniciar el proceso de jubilación y el retiro del ámbito laboral.
Cabe destacar, que desde el año 2019, entra en vigencia un proceso con menor burocracia, motivado a la implementación de un sistema automatizado que tramita los documentos siguientes:
- Acta de nacimiento del trabajador.
- Si es el caso, Certificado de matrimonio.
- Partida de nacimiento de los hijos (en caso de tenerlo).
Estos requisitos son directamente recabados por la gestora desde el registro Civil.
La duración de este proceso dura aproximadamente un mes, anteriormente el lapso demoraba 90 dias para tramitar las jubilaciones.
Requisitos que solicitan las AFP.
Entre los requisitos que son exigidos por estas administradoras de fondos de pensiones, tenemos lo siguiente:
1.- Haber cumplido con la edad para entrar en el proceso de jubilación.
2.- El trabajador debe tener un promedio de 120 aportes.
3.- Elaborar una carpeta contentiva de los siguientes documentos:
- El certificado de nacimiento en original.
- Tres copias de cedula de identidad.
- Copia de la constancia de compensación para aportes.
- El acta de matrimonio tiene que ser original y estar vigente.
- Fotocopia de la cedula de identidad del cónyuge en caso de poseerlo y de los hijos menores a 25 años.
- Referente al seguro medico del solicitante se debe incluir, fotocopia del carnet.
- Y por último, el certificado de nacimiento del cónyuge e hijos de igual manera menor a 25 años.
¿Cómo Jubilarse en Bolivia?
Ya teniendo la documentación al día, la persona interesada debe acudir a la AFP en la cual este afiliado. Desde allí revisaran tu cuenta individual y admitan la solicitud de la pensión.
Luego, la carpeta que elaboraste, la entregaras al funcionario que atienda a la persona interesada.
Si la documentación está en regla, se procederá a revisar la cantidad de cotizaciones realizadas por el trabajador y el cálculo del salario del mismo.
El gestor vuelve a verificar todos los datos una vez que verifiquen que todos los documentos estén en orden.
Cuando la jubilación es aprobada, la notificación te la hace llegar y te enteras de la decisión y automáticamente comienzas a cobrar el monto que te corresponda.
¿Qué es la Jubilación?
Para el que no conozca el término de jubilación, no es más que el proceso administrativo en el que un trabajador con el rango de activo, pase a una situación pasiva.
Es decir, el trabajador puede retirarse por cuenta propia o ajena, luego de haber alcanzado la cantidad de años de servicio, o máxima para jubilarse, o por una enfermedad grave o por incapacidad.
Así es, entonces, que recibe una prestación económica de por vida.
Tipos de Jubilación
En Bolivia existen otras formas de Jubilación y una de ellas es cuando se padece de una enfermedad crónica, que impide al trabajador continuar ejerciendo sus tareas.
Lo que hace que se inicie el procedimiento de incapacitación para originar el proceso de jubilación especial.
Otra forma de jubilarse es cuando las mujeres y hombres cumplen la mayoría de la edad a los 50 y 55 respectivamente.
En el caso de las personas que tengas sus aportes en el Senasir (Servicio Nacional del Sistema de Reparto), tienen que tener al menos una cotización del 60% de su referencial de vejez.
La última opción es que tanto hombres y mujeres cumplan los 58 años de edad, tener como mínimo 120 cotizaciones al sistema integral o entre ambos sistemas inclusive, pero deben cumplir las 120 cotizaciones.
Ley de Jubilación en Bolivia
Cuando los trabajadores desean iniciar el proceso de jubilación contando con los aportes propios, los cuales deben ser de 30 y 35 años de aportes, contando con que el sueldo sea de 5000 Bs o más.
Si se trata de las personas que han trabajado en una empresa con un sueldo menor a 5000 Bs, recibirán un aporte del Fondo Solidario.
Es importante mencionar, que en el Estado Plurinacional de Bolivia, aproximadamente el 90% de la población solicitante de la Jubilación se encuentra en esta situación.
Es decir, por ejemplo, cuando un trabajador comienza en el campo laboral e inicia sus aportes a los 23 años de edad, y con el tiempo decide retirarse luego de 35 años de servicio; este trabajador puede comenzar este proceso.
Ya que cumple con los requisitos exigidos por la ley, ya que cumple o ha cumplido los 58 años de edad que van acorde a los 58 años necesarios para iniciar el proceso de jubilación y hacer la solicitud.
1.- Cuantos aportes se deben tener para jubilarse en Bolivia?
El mínimo a acumular son 120 aportes por parte del trabajador. Por otro lado el trabajador al cumplir los 58 años (hombres), las mujeres dependiendo de la cantidad de hijos se retira antes.
En el caso de la mujer, hasta los 55 años, si tiene un máximo de tres hijos.
2.- ¿Donde los trabajadores realizan sus aportes?
En la AFP (Administradoras de Fondo de Pensiones), en la cual los trabajadores realizan los aportes de manera mensual, tipo fondo de ahorro. Grantizándole el cobro de una pensión luego de haberse retirado del trabajo.
3.- ¿Cuál es la edad para jubilarse en Bolivia?
Desde el año 2010, hubo un cambio en la edad para jubilarse, está bajo de 65 a 58 años. Por los hombres. Y para las mujeres 55 años.
¿Qué es la jubilación?
Es el proceso administrativo en el que un trabajador con el rango de activo, pase a una situación pasiva.
Es decir, el trabajador puede retirarse por cuenta propia o ajena, luego de haber alcanzado la cantidad de años de servicio, o máxima para jubilarse, o por una enfermedad grave o por incapacidad.
Así es, entonces, que recibe una prestación económica de por vida.
¡Nos leemos!