Conoce los Requisitos para Darse de Alta en el SAT

El SAT hace una revisión, en cuanto a su plan estratégico elaborando un esquema de operaciones; a corto plazo y de esta manera ofrece a sus contribuyentes la facilidad del proceso administrativo.

Con la fiel convicción, que cada uno de los que conforman esta estructura; y se encuentran inscritos ante este órgano cumplan de manera formal con sus aportes y obligaciones.

requisitos

Requisitos para Darse de Alta en el SAT

El (Registro Federal de Contribuyentes), conocido por sus siglas como RFC, es uno de los documentos más importantes que debes tener a la hora de hacer los trámites fiscales.

Esto te dará la oportunidad; de darle cumplimiento a las todas las obligaciones, que acarrea las leyes con respecto al pago de impuestos.

Según sea tu caso; si es que estas por entrar a un nuevo empleo o simplemente ya estés iniciando tu emprendimiento propio.

De igual forma si quieres la obtención o tramitar tu RFC, y darte de alta en el Servicio de Administración Tributaria (SAT) registrándote como persona física o servicios profesionales (honorarios), asiste a las  oficinas del SAT.

Para realizar este paso: es preciso que agendes una cita previa, donde te van a pedir ciertos documentos como; identificación oficial, partida de nacimiento o CURP y un certificado de dirección fiscal.

Una vez tengas tú cita, dirígete al módulo que te indican, el día y hora que te mencionan.  Aquí te indicamos cuales son los requisitos que debes cumplir:

  • Recibo de haber hecho la pre-inscripción ante el RFC.
  • Certificado de domicilio fiscal.
  • Documento de identificación, con foto.
  • Partida de nacimiento como copia certificada.
  • En caso que seas extranjero, presenta tu forma migratoria (FMM;) también carta de naturalización o algún  documento migratorio que esté vigente.
  • Lleva contigo un pen drive o disco virgen, donde se pueda guardar tu firma electrónica (FIEL),

¿Cómo Darse de Alta en el SAT?

aspectos

Inicialmente ingresa a la página oficial del SAT www.sat.gob.mx  teniendo tu CURP a la mano. Si te das cuenta veras una pestaña en la parte superior que dice “Trámites del RFC».

Luego que selecciones te va a desplegar varias opciones, donde tienes que elegir la que te diga «Obtén tu RFC con CURP,» allí ingresas todos los datos que te pidan.

Posteriormente una vez finalizado este paso, se genera un Recibo Único que confirma la Inscripción; ante el Registro Federal de Contribuyentes. Presentando la Cédula de Identificación Fiscal.

En el momento de asistir a la cita, un empleado del SAT te va a expedir varios documentos; que serán aprobados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) si eres contribuyente. Los documentos que te entregaran son:

  • Comprobante con tus datos personales en él, como vista previa.
  • Cédula de identificación fiscal.
  • Recibo como constancia de inscripción en el RFC.

Luego de haber esperado; un tiempo de 30 días, para que tengas tu firma electrónica FIEL y a su vez la clave FIEL te hacen la entrega de 3 archivos, los cuales son:

  • Certificación (CER).
  • Tienes acceso a la plataforma del SAT (KEY).
  • Cuentas con tu contraseño para ingresar.

Ya con todos los requisitos completos, con tu FIEL puedes dar inicio al proceso de darte de alta frente a cualquier Proveedor Autorizado de Certificación (PAC). Y empezar a emitir rus facturas electrónicas.

Como sugerencia, no está demás que aunque manejes el tema y realices tú mismo tus declaraciones directamente ante el SAT.

Te asesores con un experto que maneje las modificaciones que pueda haber en las leyes fiscales, esto te asegura; cumplir a tiempo y de manera correcta con las obligaciones ante Hacienda, para esto consulta a un Contador.

Persona física

Si ya tienes decidido empezar como emprendedor, es fundamental que vaya de la mano el orden sobre tu situación fiscal en le SAT.

Es básico para lograr ser un negociante exitoso, tomar muy en serio tu trabajo y para esto es imperante que cumplas con todos los requisitos de ley. Todo esto te concederá ofrecer y por supuesto recibir tu pago por tu trabajo.

Esto no es más, que te haces responsable por tus actividades a niveles comerciales y legales.

Como persona física te recordamos, lo mencionado anteriormente:

  • Asegúrate de agendar tu cita.
  • Recuerda llevar todos los documentos a la cita, el día y la fecha indicada.
  • Mientras estés en la cita, te harán la entrega de documentos revísalos y cerciórate de tener todo bien.
  • Ya con tu FIEL tramita la contraseña para ingresar al portal del SAT, la cual haces en línea por http://portalsat.plataforma.sat.sob.mx/CIECinternet/CIECCore.

Persona Moral

Este tipo de inscripción; como Persona Moral en el SAT es un poco más compleja, en comparación a la de persona física, ya que anteriormente de haber ido al SAT como persona Moral (contribuyente).

Tuviste que haber asistido; para que te crearan el Acta Constitutiva ante un notario, de esta manera obtienes también poder general por parte del representante legal para actuar con dominio y/o administración.

Luego es que vas hasta la oficina del SAT, recuerda antes hacer la Pre-Inscripción por la página de la autoridad fiscal.

Previamente para formalizar la pre inscripción de una Persona Moral, tienes que contar con la siguiente información:

  • Razón social.
  • Detalle del capital.
  • Fecha en la que se le dio inicio a las operaciones.
  • Nacionalidad.
  • Registro de información fiscal o dirección.
  • Datos del representante legal: Que se encuentre registrado en el SAT, junto a esto presentar el documento de protocolización donde se detalle el representante legal.
  • Puntualizar la actividad económica sea una o varias, así como porcentaje de ingresos.
  • Saber de qué manera, va a realizar la nueva persona moral sus actividades por ejemplo: por cuenta propia, asociación o fideicomiso.
  • De qué forma, tomara el cálculo del Impuesto Sobre la Renta ISR, si lo hará por coeficiente de utilidad o por acumulación de ingresos.
  • Declarar si tendrá empleados o no.
  • Detallas los datos de los socios o accionistas (RFC).

¿Qué es el SAT?

Mujer con Preguntas (2)

El Servicio de Administración Tributaria (SAT); es un ente descentralizado de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público (SHCP, siglas) de México. Su mayor compromiso es que se aplique el código fiscal y aduanero.

Esto para que las personas físicas y morales; realicen su contribución de manera proporcional y justa ante el gasto público. También fiscalizan; para que todos los contribuyentes le den cumplimiento a las prácticas aduaneras y tributarias.

Con todo esto; se busca de hacer más fácil el compromiso que se generan e impulsar de manera voluntaria el aporte de los mismos; creando y suministrando la información que se necesita para el diseño  y la evaluación del manejo tributario.

Se creó el SAT; como ente descentralizado el 15 de diciembre de 1995, cuando se publica la Ley del Servicio de Administración Tributaria, siendo este la máxima autoridad en el ámbito fiscal. Posteriormente en Marzo de 1996 es autorizada y registrada otra disposición orgánica de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

En el lugar de la Subsecretaría de Ingresos, fue modificado el nombre de la Administración General de Interventoría, Desarrollo y Evaluación por Administración General de Información, Desarrollo y Evaluación,

La Dirección General de Política  de Ingresos  y Asuntos Fiscales Internacionales fue variada por Dirección General de Política de Ingresos; fueron creadas las direcciones generales de supervisiones.

¿Qué pasa si te das de alta en el SAT?

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Cuando ya hayas pasado este proceso, y tengas el alta ante el SAT (Sistema de Administración Tributaria) ya eres un contribuyente activo, y según haya sido el tipo de régimen que elegiste; eres merecedor de varias obligaciones y derechos con los cuales debes cumplir.

La clave es que sepas, tengas siempre claro y estés al día con cada una de las obligaciones que debes, ya que si incumples ante la Secretaria de Hacienda y Crédito Público. Esto puede causarte multas, recargos o hasta inconvenientes legales.

Es bueno señalar; que existen dos tipos de deudas la cuales se pueden generar ante el SAT:

  • SALDO FEDERAL: Son todos aquellos que tienen que ver con el pago de impuestos como por ejemplo: ISR (Impuesto Sobre la Renta), IVA (Impuesto al Valor Agregado) o todos los que corresponden a materia aduanera.
  • SALDO LOCAL: Estos ciudadanos locales, corresponden al pago de tributos por propiedades o inmuebles o por impuestos de nómina.

ÉXITO

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