La presentación de una declaración jurada de salud es muy importante. Con los muchos riesgos a los que uno se somete, incluso dentro de los oficios más diminutos, tienes que cuidar que una obra social te apoye si ocurriese alguna eventualidad.
Para proteger tu vida (y un poco tu bolsillo, para que mentir), esperamos que prestes atención a todo lo que necesitas conocer sobre como tramitar el formulario 300/97.
ÍNDICE DE CONTENIDOS
- 1 ¿Cuál es el Formulario 300/97?
- 2 Decreto 300/97
- 2.1 Aspectos Importantes
- 2.2 ¿Quiénes deben presentar el formulario 300/97?
- 2.2.1 ¿Hasta cuándo existe la obligación de presentar el formulario 300/97 de declaración jurada de salud?
- 2.2.2 ¿Es necesario que saque turno para presentar el formulario 300/97?
- 2.2.3 ¿Cuál es el uso o finalidad del formulario 300/07 o declaración jurada de salud?
- 2.2.4 ¿Qué ocurre con los trabajadores independientes que están jubilados? ¿Esos casos pueden presentar el formulario 300/97?
- 2.2.5 ¿Y si ya se está recibiendo alguna jubilación anticipada? ¿Se puede tramitar la declaración jurada de salud?
- 3 Como tramitar el Formulario 300/97
- 4 Presentación Jurada de Salud en ANSES
¿Cuál es el Formulario 300/97?
El formulario 300/97 o declaración jurada de salud es una herramienta que se utiliza para informar si tienes o no alguna incapacidad que no te permita realizar la afiliación al Sistema Integrado Previsional Argentino y el acceso a los beneficios que trae la obtención de tu jubilación por invalidez.
Es, por tanto, un documento de total obligación para que sea presentado frente a la Administración Nacional de Seguridad Social o ANSES. La misma, dependiendo del caso, puede ir acompañada de otros documentos, como el formulario 940 para la constancia de inscripción de autónomos, o el acuse de recibo de la transacción del monotributo.
Hasta que el formulario 300/97 no sea presentado, o en caso de que el mismo sea presentado con errores, la afiliación no será posible y no se entregarán los beneficios del retiro por invalidez, o de la pensión a causa de la muerte del afiliado.
Si el afiliado estuviese incapacitado
Según lo indicado dentro del Artículo No. 48 de la Ley 24.241, no se podrá utilizar el formulario 300/97. Esto ocurre debido a que este dictaminen establece que la contingencia, de ocurrir previa al momento de la afiliación, no será válida como patología que cause la asignación de los beneficios de la jubilación por invalidez.
En resumen, en caso de que sufras algún accidente o enfermedad durante tus actividades laborales, debes presentar el formulario 300/97 para que tu obra social corra con los gastos del incidente.
Decreto 300/97
El decreto 300/97 fuerza a los trabajadores autónomos a presentar el formulario 300/97 con el fin de ayudarlos a obtener los beneficios de su obra social en caso de sufrir un accidente. Esto se realiza por medio de su integración al SIPA, que funciona como registrador de todos los trabajadores que no estén bajo relación de dependencia que posean obra social.
Ingresando en este enlace podrás hacerte con una copia del formulario 300/97 para la declaración jurada de salud.
Aspectos Importantes
Algunas cuestiones importantes que debes tener en cuenta sobre el formulario 300/97 o declaración jurada de salud te serán mostradas a continuación ¡Toma nota y presta atención!
¿Quiénes deben presentar el formulario 300/97?
Cualquiera de las personas pertenecientes a los siguientes grupos:
- Los trabajadores autónomos que entren al SIPA tras entrar en función el Decreto 300/97.
- Los trabajadores autónomos que soliciten su baja para el momento en que les toque su reinscripción.
- Todo afiliado en relación de dependencia que haya ingresado en el SIPA como trabajadores autónomos. Esto siempre y cuando en el momento en que solicite su inscripción hubiese pasado un lapso de más de doce meses desde que terminó su periodo de trabajador dependiente.
- Los trabajadores autónomos cuyas cotizaciones hayan sido interrumpida por un lapso mayor a los doce meses.
¿Hasta cuándo existe la obligación de presentar el formulario 300/97 de declaración jurada de salud?
La ANSES no establece una fecha límite para que sea presentado el documento. Véase, puede ser presentada durante cualquier momento del año.
¿Es necesario que saque turno para presentar el formulario 300/97?
¡Para nada! No deberías tener problemas para hacer la presentación en la ANSES sin un turno.
¿Cuál es el uso o finalidad del formulario 300/07 o declaración jurada de salud?
¡Es un documento de suma importancia! Sin el formulario 300/97 no serás capaz de inscribirte en el SIPA y acceder en un futuro a una pensión por discapacidad en caso de accidentes o patologías dentro de tu obra social.
¿Qué ocurre con los trabajadores independientes que están jubilados? ¿Esos casos pueden presentar el formulario 300/97?
Como ya indicamos, solo los trabajadores que se integren en el SIPA deben presentar el formulario 300/97, para los casos futuros en que necesiten su pensión de discapacidad. Por la misma naturaleza de la pensión, hace imposible que los trabajadores jubilados puedan presentarla y acceder a dicha pensión.
¿Y si ya se está recibiendo alguna jubilación anticipada? ¿Se puede tramitar la declaración jurada de salud?
No. Ningún ciudadano que ya perciba una jubilación anticipada o que haya pasado la edad establecida para su jubilación ordinaria podrá tramitar el formulario 300/97.
Como tramitar el Formulario 300/97
Para realizar el trámite del formulario 300/97 o declaración jurada de salud para los trabajadores autónomos de Argentina debes rellenarlo de la siguiente manera:
- Completa tus datos personales en las casillas que corresponda. Esto incluye:Tu número de CUIT.
- Tu apellido y nombres.
- El tipo de documento de identidad que tengas.
- Su número.
- Tu fecha de nacimiento en el orden de día, mes y año.
- Tu profesión o actividad por la cual estás solicitando el ingreso en el SIPA.
- El domicilio real registrado que poseas con su número, piso, departamento, teléfono y código postal.
- La localidad y provincia en la que reside.
- Ingresando en el siguiente rótulo de la declaración jurada debes contestar dentro de las casillas las preguntas que se te hagan. Las mismas corresponden a:
- ¿Se siente usted en un buen estado de salud?
- ¿Tiene usted alguna dificultad para desempeñar sus tareas laborales habituales?
- ¿Ha sido alguna vez o está actualmente en tratamiento por alguna de las siguientes enfermedades? (se te mostrarán distintas opciones, entre ellas cardiovasculares, diabetes, convulsiones, mal de chagas, broncopulmonares, hipertensión y otras).
- ¿Tiene algún defecto físico o discapacidad?
- ¿Ha sido internado en los últimos 24 meses?
- ¿Se le ha efectuado alguna operación en los últimos 24 meses?
- ¿Toma de forma regular alguna medicación?
- La siguiente sección le permite declarar las aclaraciones con respecto a las anteriores siete preguntas. En caso de que la primera fuese negativa, dentro de su correspondiente línea debe aclarar el porqué. Debe proceder de la misma manera si la respuesta es positiva en el resto de preguntas.
- Además, se debe firmar dicha aclaración y debe explicar en el mismo rótulo:
- El diagnóstico que posea.
- Las fechas de los eventos.
- En dónde (ya sea clínica u hospital).
- El nombre del médico que lo atendió.
- El nombre del medicamento y su dosis correspondiente.
- Para finalizar, se debe solicitar que se le rellene lo referente a la intervención de la auditoria médica dependiendo de los siguientes casos:
- Alta sin examen médico.
- Completar correctamente o ampliar la declaración jurada. Aquí debes además completar los datos importantes que haya que agregar.
- Que debe efectuarse un examen médico. Debe, además, señalarse el lugar, la fecha y colocarse el sello del auditor, junto a su firma en este y los casos anteriores que correspondan.
Tras completar el formulario 300/97, debes presentarte en la oficina de la ANSES con el original y la copia del mismo. Allí se encargarán de recolectar el original y te dejarán el duplicado para que lo archives.
De considerarlo necesario, la entidad evaluará toda tu información y durante los siguientes veinte días corridos tras la presentación podrá solicitar informes y exámenes médicos que serán efectuados por las comisiones médicas.
Si después de esos veinte días no se te notifica la solicitud de ningún documento complemento, eso significa que tu ingreso ha sido tramitado con éxito ¡Así que ya estás listo!
NOTA: No debes pedir turno para presentar el formulario 300/97 en ANSES.
Presentación Jurada de Salud en ANSES
Como ya lo indicamos, la declaración jurada de salud o formulario 300/97 es obligatoria para todos los trabajadores autónomos que se integren al Sistema Integrado Previsional Argentino para determinar si padece alguna incapacidad o patología en el momento en que se afilie.
El decreto 300/97 no establece ninguna fecha para el vencimiento de su presentación. Esto solo significa que no existen problemas en cuanto a plazos para presentarla, pues puede hacerse durante todo el año.
Lo realmente importante es que se presente tan pronto como sea posible. De esta forma las comisiones médicas podrán hacer las evaluaciones que correspondan en caso de que ocurran accidentes o se adquieran enfermedades. También les permitirá solicitar informes que complementen o amplíen la información ya tomada una vez que se comience a atender al afiliado.
Estos documentos complementarios o ampliatorios podrán ser notificados por el afiliado dentro de los siguientes veinte días corridos tras presentar el formulario 300/97 ante la ANSES. Si se realiza correctamente, no existirá ninguna dificultad para que el trabajador inicie el cobro de la pensión de incapacidad lo más pronto posible.
La presentación del formulario 300/97 en la oficina de ANSES que coincida con tu domicilio se debe ver acompañada, dependiendo del caso, de los siguientes documentos:
- La constancia de inscripción de trabajadores autónomos junto a dos copias, de ser este el caso.
- Dos copias del formulario 300/97 completados a mano. Debes entregar uno y la entidad se encargará de devolverte el duplicado. Igualmente, ambas versiones deben ser firmadas frente al responsable en la ANSES.
- Original y copia del Documento Nacional de Identidad.
- La constancia de monotributo con dos copias, de ser el caso.
- El último pago que hayas hecho al monotributo, en su versión original y con una copia.
Asegúrate de tramitar tu formulario 300/97 ¡Es la única forma en la que puedes asegurar que tu obra social te permita cobrar una pensión de incapacidad si sufres algún accidente o enfermedad a causa de tu trabajo!
Protege ambos, tu vida y tu trabajo por medio de esta declaración jurada.