Aquí podrás conocer Cómo obtener el Formulario 799 de Volante de Pago y algunos datos curiosos que quizas no sabias.
¡Si quieres saber más acerca de Cómo obtener el Formulario 799 de Volante de Pago, sólo tienes que seguir leyendo!
ÍNDICE DE CONTENIDOS
- 1 ¿Cuál es el Formulario 799?
- 2 Cómo obtener el Formulario 799
- 3 Cómo completar el Formulario 799
- 4 ¿Cómo pagar el Formulario 799?
- 5 Información Importante
- 5.0.0.1 ¿Qué es un VEP?
- 5.0.0.2 ¿Quiénes se encuentran obligados a realizar el pago de las obligaciones tributarias por medio del VEP?
- 5.0.0.3 ¿Cómo se accede al sistema para generar el VEP?
- 5.0.0.4 ¿Cual es el comprobante de pago?
- 5.0.0.5 ¿Debo ser titular de una cuenta para poder pagar?
- 5.0.0.6 ¿Es obligatorio utilizar Interbanking como entidad de pago para los grandes contribuyentes?
- 5.0.0.7 ¿Cómo procedo si el límite de movimiento de fondos de mi cuenta es menor al monto de alguna obligación a cancelar?
¿Cuál es el Formulario 799?
Para aquellas personas que no lo sepan, se puede decir que el VEP se conoce como Volante Electrónico de Pago. De una forma más funcional, se puede decir que el VEP es una de las expresiones virtuales. Por lo general, abarca los formularios 799, 801 y 105, respectivamente.
El VEP es una de las herramientas que se pueden llegar a generar a través de diversos medios. Aunque para generar esto solo se tiene que acceder a uno de los sistemas con la clave fiscal.
Se puede obtener en la pagina web de AFIP.
Cómo obtener el Formulario 799
Aquellas personas que desean obtener el formulario 799, pues deben tener en cuenta que deben cumplir con las siguientes condiciones:
- Se puedan llegar a encontrar en una de las jurisdicciones en base a la dirección de las operaciones de los grandes contribuyentes nacionales. Esto va directamente proporcional a las agencias del 19 20.
- Personas que por su parte hayan logrado ser incorporados de una manera más oportuna a uno de los sistemas de control especiales que están dispuestos por la normativa del RG 3423/91.
- Lograr ser incorporados a uno de los universos que por su parte se encuentran sujetos u obligados utilizar el servicio llamado «Sistema de cuenta tributaria». Mediante una de las notificaciones se puede llegar a un acuerdo en dónde lo establecido en la ley 11 683.
Asimismo cualquier persona puede llegar a tramitar este formulario. Sólo es necesario que cumplan con las condiciones que se establecieron en la parte superior para así lograr que el formulario se aprobado.
Además este no es un formulario que sea complicado en llevarse a cabo. Por lo general, suele ser una documentación muy sencilla. Muchas veces puede realizarse por un portal web.
Cómo completar el Formulario 799
Para que la persona pueda completar de forma satisfactoria cada una de las fases el formulario 799. Primero debe juntar cada uno de los documentos necesarios, entre estos se encuentran:
- El DNI de la persona que sea el titular.
- Presenta la cédula laminada, en caso de ser extranjero pues debe entregar el pasaporte o algún documento que avale su identidad.
- Aquellas personas que se encuentren en Argentina por residencia, tienen que entregar todos los papeles correspondientes a ello.
- Por otro lado la persona debe:
- Poder ingresar el mismo servicio que se llama «Presentación de DDJJ y Pagos» en el caso de que se acceda por uno de los portales de homebanking, pues simplemente la persona tiene que poder seleccionar la pestaña de «SERVICIOS AFIP»
- Presionar el enlace de «Nuevo VEP», para así luego darle click al botón de «PAGOS».
- Una vez que los pasos anteriores se hayan realizado de forma continua pues la persona debe:
- Seleccionar e ingresar a cada uno de los datos que son requeridos de forma inherente a los pagos, para así poder efectuar cada una de las confirmaciones de los mismos.
- Poder escoger una modalidad de pago, que sea cómoda.
Una vez que los pasos que se mencionaron anteriormente están listos, pues la persona puede dar por concluido su formulario 799.
¿Cómo pagar el Formulario 799?
Este es uno de los formularios que se pueden pagar de múltiples maneras.
La primera sería bajo el portal digital. Donde es necesario que las personas se dirigan de forma presencial a una de las sedes principales para realizar el pago de la misma.
Aquí las personas solo deben escoger un método de pago, preferiblemente el que se les haga más sencillo de efectuar, y que a su vez tengan dominio d e la cuenta, para evitar pérdidas de dinero innecesarias.
Para ello existen plataformas recomendadas como lo son el Link y Banelco Homebanking o Interbanking, debido a que son algunas de las cuentas más confiables en los últimos años.
Otra de las formas quizás un poco más formales es la forma presencial, en donde las personas deben dirigirse a una de las sedes que se encuentren más cerca a sus hogares y emitir una orden para poder pagar.
Con lo que respecta al precio se puede decir que varía de forma constante, aunque por lo general cuesta entre 500$ y 1000$. Aunque los precios también van a variar dependiendo de la zona o provincia en donde esta se encuentre.
Información Importante
¿Qué es un VEP?
Para aquellas personas que no lo sepan, se puede decir que el VEP, se conoce como Volante Electrónico de Pago.
Asimismo es uno de los elementos únicos en donde las personas pueden llegar a indicar el nivel de imputación al cual están siendo obligados, y que que por lo general se cancelan, mediante la operatoria de los pagos por internet.
De una forma más funcional, se puede decir que el VEP es una de las expresiones virtuales, que por lo general abaca los formularios 799, 801 y 105, respectivamente.
¿Quiénes se encuentran obligados a realizar el pago de las obligaciones tributarias por medio del VEP?
Todas las personas que por su parte se encuentren desarrollando este tipo de trámite. Deben estar al tanto de que se encuentran obligados a realizar la cancelación de cada una de sus obligaciones a través de diferentes modalidades de pago por transferencias electrónicas.
Estas transferencias por lo general son realizadas bajo diversos fondos, contribuyentes y responsables que:
- Se puedan llegar a encontrar en una de las jurisdicciones en base a la dirección de las operaciones de los grandes contribuyentes nacionales. Esto va directamente proporcional a las agencias del 19 20.
- Personas que por su parte hayan logrado ser incorporados de una manera más oportuna a uno de los sistemas de control especiales que están dispuestos por la normativa del RG 3423/91.
- Lograr ser incorporados a uno de los universos que por su parte se encuentran sujetos u obligados utilizar el servicio llamado «Sistema de cuenta tributaria». Mediante una de las notificaciones se puede llegar a un acuerdo en dónde lo establecido en la ley 11 683.
¿Cómo se accede al sistema para generar el VEP?
- Ingresar al servicio que se llama «Presentación de DDJJ y Pagos» en el caso de que se acceda por uno de los portales de homebanking, pues simplemente la persona tiene que poder seleccionar la pestaña de «SERVICIOS AFIP»
- Presionar el enlace de «Nuevo VEP», para así luego darle click al botón de «PAGOS».
- Una vez que los pasos anteriores se hayan realizado de forma continua pues la persona debe:
- Seleccionar e ingresar a cada uno de los datos que son requeridos de forma inherente a los pagos, para así poder efectuar cada una de las confirmaciones de los mismos.
- Poder escoger una modalidad de pago, que sea cómoda.
De igual forma, las personas deben tener en cuenta que pueden observar cada una de las secuencias en la pantalla siempre y cuando lo necesiten para así poder efectuar cada una de las modalidades de pago realizadas por internet.
Para poder tener una noción más amena, se recomienda darle click aquí.
¿Cual es el comprobante de pago?
Una vez que el pago ya haya estado completamente emitido, pues el banco procede a emitir uno de los diversos boletines, siempre y cuando estos contengan los diferentes datos de forma reducida de la obligación cancelada.
Además, una vez que cada uno de estos procesos esté completamente pagado, el mismo VEP puede llegar a ser consultado por la web de AFIP. Para que el usuario pueda ver si se realizó el pago o no.
Este boletín también puede ser impreso y validado, para que las personas lo utilicen como comprobantes de pago.
¿Debo ser titular de una cuenta para poder pagar?
Si se logra ver de un punto más operativo se puede decir que no es necesario.
Ya que cualquier titular de la cuenta puede llegar a ordenar uno de los pagos VEP para que se puedan cancelar en las obligaciones de otros contribuyentes.
En el caso de que el VEP, no lo llegue a generar el titular de la cuenta, para poder pagar necesita tener el CUIT de forma obligatoria, con el fin de poder tenerlo como una entidad de pago.
La operativa por su parte, puede llegar a funcionar como uno de los esquemas de las autoridades que se encargan de poder efectuar las diferentes entidades de pago.
¿Es obligatorio utilizar Interbanking como entidad de pago para los grandes contribuyentes?
No es importante, ya que en ningún caso se puede llegar a plantear que las personas puedan utilizar una determinada entidad de pago.
¿Cómo procedo si el límite de movimiento de fondos de mi cuenta es menor al monto de alguna obligación a cancelar?
En el caso de que ocurra algo así, pues la persona debe poder comunicarse con el banco donde se radica la cuenta, para así poder solicitar la ampliación de uno de sus límites.
¡Gracias por leernos!