Si usted es un empresario mayormente pueden solicitarle que reporten sus activos y pasivos financieros a través del formulario ETE
Sin embargo si no conoce cuáles y que debe realizar para poder rellenar este formulario aquí lo estaremos explicando la información respectiva
Por esto es que lo invitamos a continuar la lectura ya que aquí estaremos dándoles información y mucho más
ÍNDICE DE CONTENIDOS
¿Qué es el Formulario ETE?
Este es un proceso de declaraciones mensuales anuales o incluso trimestrales de aquellas transacciones económicas y los saldos activos que se están teniendo en el país
Pero también incluye los pasivos financieros que se dan con el exterior de aquellos residentes en España siempre que estén dentro de los requerimientos
Y todos estos requerimientos se encuentran plasmados a través de la circular número 4 del 2012 de fecha 25 de abril
¿Quién debe presentar el Formulario ETE?
El público objetivo para poder realizar el trámite son todas las personas jurídicas y físicas ya sean empresas privadas o públicas que residan en España
Esto siempre que sea distinta de los proveedores de cualquier servicio así como son las entidades de pago y crédito que se encuentren inscritos en los registros de banco de España
Como completar el Formulario ETE
Para iniciar el trámite puede realizarlo de distintas formas aquí se las estaremos explicando
A través de medios electrónicos:
Todas las declaraciones deben estar remitidas a través del ISSSTE w en cualquiera de los formatos que se presentan ya sea xml a PDF
Siempre incluyendo aquí la información técnica requerida a través de la circular que ya le nombramos
Para poder llenar los formularios PDF se debe necesitar tener instalado los lectores de PDF en versiones superiores que puedan leer estos archivos
Debemos advertirle que la versión de se estaba presentando algunos problemas para poderlos leer
Y si desea conservar los cambios en cualquier formulario de PDF debe guardarlo en el equipo antes de que realice el envío seleccionando la opción guardar como
En caso de que está elaborando un archivo de tipo xml que abren a través de archivos zip se debe ser validado estos esquemas abriendo una ventana que corresponda a las procedentes del envío
Así podrá contemplar dos tipos de formulario a presentar:
Los formularios para declarar antes de las personas jurídicas en las cuales se incluyen las personas públicas.
También está el de las personas físicas en el cual se tienen saldos y operaciones que puedan superar los 50 millones de euros
A las personas físicas les era imprescindible para que puedan utilizar esta vía que posean su d.n.i. de forma electrónica
Abrir en una nueva ventana o un certificado electrónico que haya expedido o este archivo de identificación en cualquier caso
Aquí puede realizar el envío de las declaraciones consulta de estado de sus declaraciones y descargar las respuestas en caso de tenerlas
Las personas jurídicas en cambio deben tener su certificado electrónico que se haya expedido por algunas de las autoridades y que acepten las certificaciones del banco de España
O en dado caso a través del certificado de componente que emite el organismo sólo para las personas jurídicas detallando los trámites que deben utilizar
Documentos
Incluso en algunos casos pueden solicitarles otro tipo de documentación
En particular el banco de España conforme a lo que establece su artículo 9 en el decreto de 1816 al 1991
Encarga de exigir información detallada a través de la operación que se declara para el seguimiento de tipo estadístico fiscal y administrativo de cualquier operación
Todas las unidades públicas de cabecera que puedan optar para declarar a través de la vía telemática
En vez de hacer el envío a través de un escrito ya que pueden ser documentos privados de empresa y organismos dependientes
Y en algunos casos que no haya tenida transacción ya sea de saldo o exteriores en cualquier periodo de declaración
Disponen de esta manera para ello un proceso totalmente electrónico en donde sus enlaces disponibles para el envío consulta y descarga son los mismos
Que se han nombrado a través de todo el artículo para las personas declarantes jurídicas aquí se incluyen las personas físicas y unidades públicas
Esto siempre que posee un saldo operaciones que superen los 50 millones de euros para el momento de hacer la declaración
Toda esta información puede ser enviada por el formulario PDF que dispone en la página siempre que no posea errores su lector de PDF
Todos los gestores y gestoras de fondos de inversión podrán remitir de forma telemática modelo ETE que posee cada aplicación técnica en las circulares número cuatro del año 2012 a través de la cual podrá ser informado de los fondos de inversión que se están actuando
Siendo así un remitente del formulario es por vía telemática y puede disponer del progreso de relación de representado por otras sociedades
Sanciones
Él no presentar estos formularios pueden acarrearle algunas sanciones como lo son paralización de sus activos y pasivos
Impuestos más elevados e incluso otros que pueden llegar a ser más grave por ello se le recomienda no atrasarse en esta declaración
Dudas
Una de las dudas frecuentes es ¿cuándo se debe informar acerca de estas transacciones con el exterior y De qué manera se debe informar?
Una vez que el volumen sea mayor de 1000000 € pero menos de 50 millones de euros se tiene que informar de estas operaciones
Pero siempre debe ser antes del 20 de enero del año que sigue por ejemplo si el envío fue realizado en el 2017 se debe informar antes de enero del 2018
Esta información debe ser transmitida de forma telemática con el certificado que tiene cada usuario mediante el cumplimiento y el envío del formulario en PDF.
Siempre disponible a través de la página web del banco de España en el cuerpo de acceder en la página
Esperamos que toda la información haya sido de mucha ayuda y que no olvide ahora presentar sus formularios en el banco de España
Siempre que se hagan transacciones con el exterior que se encuentran entre los parámetros establecidos
Éxito en el formulario ETE del banco de España