Las empresas en todos los países deben cumplir ciertos procedimientos legales para su correcta constitución. Sin importar las actividades a las que se dedica es indispensable que según su área a la que se determina es imperativo tener el marco legal correspondiente.
Por otra parte muchas de estas empresas pese a su gran fluidez en el mercado estas empiezan a incursionar en el ámbito internacional. Bien sea para generar dinero en otra moneda o simplemente tener una mayor amplitud en el mercado.
Sin embargo al adentrarse dentro de este ámbito es importante mencionar que cada país posee sus políticas de inversión. Las cuales abarcan desde el pago de impuestos hasta la permisología para la importación y exportación de productos.
No obstante hoy queremos presentarte una guía informativa sobre cómo rellenar el formulario D6 el cual se encarga de las inversiones en el extranjero. Además de proporcionarte información útil y certera sobre este importante documento.
ÍNDICE DE CONTENIDOS
¿Cómo rellenar el Formulario D6?
En primera instancia mostraremos los requisitos y el procedimiento para que puedas rellenar el formulario D6. No olvides que debes leer esta guía hasta el final para aclarar toda duda y no tengas ningún tipo de inconveniente.
Por otra parte es necesario que cumpla con ciertas especificaciones técnicas en lo que se refiere a el manejo de redes. Así como el manejo básico de internet y navegadores web para realizar la búsqueda y formalización del formulario D6.
Requisitos
A continuación mencionaremos todos los requisitos y documentaciones que debes tener en cuenta a la hora de realizar este proceso:
- Original y fotocopia del DNI o documento de identificación correspondiente del titular la inversión española en el exterior, para la primera inversión exterior que desee declarar.
- Documento que especifique los extractos de la cuenta o cuentas, según sea el caso, de valores en el exterior. El cual debe presentarse en original y fotocopia, de igual forma el mismo debe estar presentado en 2 páginas hoja D6 (1) y D6 (2).
Pasos a seguir
Continuando esto y teniendo en cuenta los requisitos que son necesarios para rellenar el formulario procederemos a mostrarte el paso a paso. Cabe destacar que previo a realizar el formulario debes descargar el AFORIX.
El cual es un programa donde los formularios de los entes gubernamentales puedan ser rellenados. El mismo puede ser descargado en el siguiente enlace Formularios Inversiones Exteriores.
- En primer lugar debemos tener instalado el Aforix en nuestro ordenador e iniciarlo. Posteriormente se debe seleccionar los siguientes apartados: Formulario>Nuevo>D-6.
- A partir de allí se abrirá una nueva pestaña donde se nos proporcionará el formulario D6 el cual debe ser rellenado de forma online. Siguiendo los pasos proporcionado por el sistema web.
- Una vez terminado simplemente deberás seleccionar aceptar y habiendo respondido todos los campos solicitados ya habrás rellenado el formulario D6
Dentro de este proceso debemos exponer la declaración que deseamos realizar, en la mayoría de los casos se emite es una Declaración de Depósitos. Es importante mencionar que antes de rellenarlos conozcas todos los términos para no llenarla de forma incorrecta.
¿Qué es el Formulario D6?
Sabiendo el proceso para llenar el formulario D6, seguro te preguntarás qué es específicamente el formulario D6. Pues basicamente este es un documento el cual debe tramitarse de forma anual.
Cuya finalidad es para efectuar la declaración anual del Registro de Inversiones de las inversiones españolas en el extranjero. No obstante su alcance llega hasta las empresas que tienen inversiones que cotizan en la Bolsa de Valores o Mercado Organizado.
Por otra parte las entidades que utilicen o dependan de brokers deberán realizar este trámite de forma obligatoria. Este formulario D6 no fue creado en sustitución del Modelo 720 de Hacienda, simplemente este complementa en algunos aspectos a este documento.
Formulario D6(1) y D6(2)
Hasta el momento no se posee la suficiente información sobre este tipo de formulario. Sin embargo estos en si no son unos formularios que se tramiten adicional al formulario D6.
Simplemente dentro de los requisitos para formalizar el formulario D6 figura el documento que especifica los extractos de la cuenta o cuentas de valores en el exterior. Los cuales pueden tienen dos modelos el D6 (1) y D6 (2) y se presentan en hoja.
Multa Formulario D6
Continuando en este orden de ideas muchas personas se hacen las pregunta de qué sucedería si este documento no se tramita. Sin embargo no se conoce ningún tipo de sanción más allá que una multa de gran cantidad.
No obstante dentro de las leyes españolas se especifica que este documento es obligatorio emitirlo. En el caso contrario de no hacerlo el Ministerio correspondiente aplicará una multa o sanción de hasta un 25% del importe no declarado tomando como cantidad mínima 3.000 euros.
Otro caso que puede presentarse es el retraso de la tramitación de este documento el cual según el periodo fuera del tiempo establecido se calculará la multa. Yendo desde los 150 y 300 euros los primeros seis meses cumplido el tiempo para realizar el trámite y de entre 300 y 600 euros pasado ese tiempo.
Plazo de presentación
Por otra parte y sabiendo las sanciones que se aplican en caso de no presentar este documento dentro del periodo establecido. Seguro te preguntarás cuál es el plazo en el cual debo formalizar la presentación.
Pues este documento tiene un plazo máximo para realizar la presentación hasta el 31 de enero de cada año. Eso siempre y cuando hasta el 31 de diciembre se posean acciones en el extranjero.
Preguntas frecuentes
Para culminar aclararemos ciertas dudas en lo que respecta a este tema y que frecuentemente los usuarios se formulan. No obstante es importante recordar que su tramitación es elemental para no sufrir de multas ni sanciones perjudiciales para las relaciones económicas.
¿Es obligatorio tramitar este documento?
Si, en primera instancia porque se encuentra avalado por las leyes españolas. Por lo tanto su no aplicación podría contraer sanciones y multas a la entidad o comercio con actividades y recursos extranjeros.
¿Siempre hay que presentar o emitir este documento?
Si, este posee un tiempo de renovación anual el cual se debe realizar un proceso nuevo cada enero de un nuevo año. Siempre y cuando la entidad o empresa posea acciones y valores en el extranjero este documento deberá tramitarse.