Conoce como tramitar el Formulario 790 para gestiones personales

Hay varios tipos de Formulario 790, identifica cual es el que te interesa y quien lo emite,  Conoce como tramitar el Formulario 790 para gestiones personales.

Es muy buena información para que el trámite fluya de manera excelente. Bienvenido a su lectura.

Formulario 790

¿Qué es el Formulario 790?

Para realizar el pago de los tributos administrativos correspondiente a solicitudes  de índole personal ante Ministerios e Instituciones Gubernamentales, se debe utilizar el Formulario  o Modelo 790.

Tipos de Formulario 790Formulario 790

Existen varios tipos del Formulario 790,  los cuales son emitidos desde diferentes entes del Estado, para realizar gestiones personales ante ellos.

Los trámites que requieren de este Formulario 790 realizados ante el  Ministerio de Justicia de España, son los de mayor o más frecuente uso.

En este Ministerio existen dos tipos de Formulario 790: el 790 con código 006 y el 790 con código 026.

  • El Formulario 790/006, es utilizado para la solicitud de tres certificados, a saber:
  1. El de Antecedentes Penales:   un documento donde se valida la existencia o no de  antecedentes penales, como por ejemplo: haber estado privado de la libertad, el régimen de libertad en caso de no haber cumplido condena y los datos de cumplimiento de la condena. Para solicitarlo se debe ser mayor de edad.
  2. De Actos de Última Voluntad, es el documento necesario para el trámite de actos sucesorios. En este impreso se hace constar la existencia de testamento y ante que notaria.  Su finalidad es que los herederos puedan obtener una copia autorizada del último testamento, realizado por el familiar fallecido ante un Notario.
  3. Para los  Contratos de Seguros de cobertura de fallecimiento,  en el cual se valida la participación  del fallecido, en pólizas de seguros  colectivas o individuales, que estén vigentes y con cobertura sobre  accidentes  o seguro de vida.
  • El Formulario 790/026 es utilizado para la solicitud de dos certificados, a saber:
  1. Para la Nacionalidad por estadía o por residencia, como es más conocida.  Hay que tener diez años viviendo formalmente en territorio español.
  1. Y para Concesión de la nacionalidad a sefardíes propios de España según disposiciones de ley la nacionalidad española se adquiere, se conserva y se pierde, basándose en ello se concede la misma por carácter de naturales a todos los sefardíes originales del territorio  español.

Además de los comentados anteriormente del Ministerio de Justicia, existen  otros tipos de formularios 790.

Entre los que se encuentran los siguientes:

  • EIR, correspondiente a la solicitud para aplicar por el examen para Enfermero Interno Residente o EIR.  Disponible en EIR-790 .
  • Oposiciones, permite inscribirse como  postulado a las Ofertas de Cargos Públicos. Ingresando a IPS Registro en Pruebas Selectivas .
  • Al Código 012,  para certificar  que un ciudadano extranjero reside de forma legal en España. Ingresar a 012PoliciaNacional
  • Código 052, para el trámite de autorización para residencia y otras gestiones para los extranjeros a través de 052Exteriores
  • MIR, permite la participación en el MIR,  disponible en ExamenMIR.
  • Guardia Civil, para gestionar, licencias, autorizaciones, renovación y  expedición de armas, ingresar a  ArmasExGC

¿Para qué sirven?Formulario 790

Para pagar la respectiva tasa administrativa para el trámite personal que se requiera realizar ante los órganos y/o      instituciones públicas.

Habiéndose completado  y firmado el Formulario 790, tomando en cuenta las opciones de pago del  trámite a realizarse, bien sea en entidades bancarias o de manera electrónica, se debe presentar el formulario.

¿Cómo tramitar el Formulario 790?Formulario 790

La solicitud de los tres certificados asociados con el Formulario 790/006, pueden ser tramitados de las siguientes formas:

  • Presencial
  1. Si el solicitante está domiciliado en Madrid, con Cita Previa en la Oficina de Atención al Ciudadano. Para el resto de las comunidades en las Gerencias Territoriales.   Incluyendo las Delegaciones y subdelegaciones del Gobierno, y en los Registros de cualquier ente administrativo.

De esta forma, por lo regular, la emisión del certificado es en el momento. Sin embargo, se han dado situaciones de orden técnico, que demoran la emisión por tres días hábiles como máximo. Aun cuando la gestión tiene un tiempo máximo de expedición de diez días hábiles.

  • Por vía de Correo Postal

La solicitud con la fotocopia del los documentos, deben enviarse a:

  1. La Sección de Penales de la Oficina de Atención al Ciudadano, para los domiciliados  en Madrid
  2. Y para el resto de las comunidades a las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia

Adicionalmente, es indispensable que  se envíe un  sobre pre-pagado para el retorno. De la empresa de correo de su preferencia o via Postal Express. Indicar con claridad la dirección de destino. El tiempo de expedición es de máximo tres días. Siendo el tiempo estipulado para la expedición de 10 días.

  • Por la Sede Electrónica

A través de la plataforma Tramitación on-line con CL@VE , completando el formulario. Se emitirá  el certificado en el momento. Sin embargo, en caso que hubiese  demoras por razones técnicas, el plazo de expedición es de un máximo de 24 horas.

En el caso del Formulario 790/026, para la solicitud del certificado  de Nacionalidad por residencia, puede ser tramitado:

  • De forma Presencial

Deben ser presentados los documentos, en cualquiera de las oficinas de registro de:

  1. La Administración General del Estado
  2.  Comunidades Autónomas
  3.  Y en  las Entidades Locales
  • Por la vía electrónica

Ingresando a  Tramitación on-line con certificado digital, completando el formato que muestra el sistema. Puede solicitarlo para si mismo como para terceros, con el respectivo documento de representación. Los documentos a anexarse, deben estar digitalizados previamente. Y se cuenta  con cuatro meses para finalizar la solicitud, superado este tiempo, se eliminará del sistema de forma automática.

Para el certificado Concesión de la nacionalidad a serfadíes originarios de España, el cual también requiere del Formulario 790/026, la única forma de solicitud es electrónica.

Costo Formulario 790Formulario 790

El  Formulario 790/006, correspondiente con la solicitud de los certificados para los Contratos de Seguros de cobertura de fallecimiento, para los Actos de Última Voluntad y para los Antecedentes Penales,  el monto a pagar por el formulario es de 3,78 € .

Mientras que para el  Formulario 790 con código 026, correspondiente con la solicitud de los certificados  de Concesión de la nacionalidad a serfadíes originarios de España,  Nacionalidad por residencia, el monto de la tasa es de a pagar por el formulario es de 102 €.

Modelo Formulario 790

A continuación le mostramos los dos modelos del Formulario 790 del Ministerio de Justicia:

Formulario 790

Formulario 790

Formulario 790

Formulario 790

Formulario 790

Formulario 790

Formulario 790

 

Formulario 790

Formulario 790

Formulario 790

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el costo del Formulario 790?
Acceder al Formulario 790 es gratuito, los tributos que se pagan corresponden a los certificados que se emiten.
Los Formularios 790 que no son del Ministerio de Justicia, ¿también tienen una tasa?
Si, recordemos que el Modelo 790, es el documento impreso para pagar la tasa que corresponda a cada trámite a realizarse.
En caso de hacer la solicitud de Antecedentes Penales de forma presencial, ¿el Formulario 790 lo puedo encontrar en las oficinas de atención al ciudadano?
Si, en las Oficinas de Atención al Ciudadano en Madrid y en las Gerencias Territoriales de las otras comunidades, se encuentra el Formato impreso. Puede llenarlo en letra legible y clara.

¡Esperamos haberles servido!

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