Todos debemos conocer que entra nuestros derechos se encuentran las posibles asignaciones familiares por cada hijo que permitirán en un plazo de tiempo que pueda darle una mejor calidad de vida a sus hijos mientras puede costearle usted mismo, le contaremos aquí cómo sacar el Certificado SUAF – Sistema Único de Asignaciones Familiares
ÍNDICE DE CONTENIDOS
Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF)
El sistema de la liquidación y el pago para las asignaciones familiares o por sus siglas mejor llamado SUAF. Por medio de este el ANSES podrá pagarle de manera directa a los trabajadores que se encuentran en la relación de la dependencia con las empresas privadas.
A estas asignaciones familiares a las cuales tendrán su derecho y se les paga en la cuenta sueldo. O, en tal caso por medio de la red del banco o la de su correo
Las asignaciones que se les pagan a través de este sistema son: Maternidad, pre natalidad, maternidad down, un hijo, los hijos con discapacidad, la ayuda anual escolar
¿Que es el Certificado SUAF?
Este es simplemente un certificado mediante el cual podrá requerir su asignación familiar a través del servicio ANSES
Como sacar el Certificado SUAF
Las empresas pueden ser consultados a través de su página web del ANSES en su dirección (Click aquí) si ya ha sido anteriormente incorporado.
Para todo esto debe ingresar con su número de CUIT de la empresa en la cual trabaja, y el código de seguridad CAPTCHA
Si se encuentra allí la página le indicara si usted se encuentra recibiendo este beneficio y desde cuando la comenzara a recibir en su cuente bancaria
Imprimir constancia SUAF
Primero debe conocer cuáles son las obligaciones que obtendrá la persona que le ha empleado, en pocas palabras el empleador:
- Transmitir a través de lo que es su programa de la simplificación registral por sus siglas PSR. En su administración federal de los ingresos públicos AFIP. Toda esta información se encuentra relacionada con lo que son los datos del trabajador y los vínculos familiares.
Por cada uno de los nuevos empleados que estén ingresando a la empresa. También está en la obligación de remitir la información de este nuevo trabajador.
Los documentos que se encuentran respaldando la información que se le transmita al AFIP, deben de encontrarse obrando el trabajador en dicha empresa. Podrá a su vez ser requerido cuando el ANSES pueda considerarlo oportuno.
- Notificar a todos sus trabajadores. Sin importar que estos tengan o no una carga familiar que se encuentre en los 10 días hábiles luego de la incorporación al SUAF. Según todas las normas que van de acuerdo al Régimen de las Asignaciones Familiares, a través del formulario numero PS.2.6
Esto en todos los casos deben realizarse en cada una de las veces que usted ingrese con uno de los nuevos dependientes. La empresa tendrá un plazo de diez días.
La notificación que se haya realizado debe ser con duplicado. Una de las copias le será entregada al empleado y la otra debe quedar por el trabajador en la empresa. Esto podrá ser requerido por el ANSES cuando se necesite.
Entre las obligaciones que obtendrá usted al ser un trabajador son:
- Notificarse acerca de las normas las cuales se encuentran rigiendo las asignaciones familiares. Por medio del formulario numero PS.2.61. Que se quede con una de las copias que se encuentran conformando por las dos partes.
- Tiene que declarar todos los datos de la persona que se empleador y obviamente los datos de su familia. Asegurándose de que entregue el original y la copia de su documento del respaldo. Lo que son los certificados de nacimiento y matrimonio.
Su empleador debe encargarse de autentificar sus copias. Colocando el sello con la fecha de recepción en los documentos, devolviendo los originales a su trabajador
Esto es totalmente fundamental para que dicho empleador pueda encargarse de ser el quien transmita las novedades a través del PSR y la AFIP
- Debe entregar en el tiempo y forma que se requiera ante cualquier oficina del ANSES los siguientes formularios:
- El PS 2.3 con la parte frontal. La posterior con el respectivo certificado de discapacidad que es encuentra vigente, esto para que se pueda tramitar la asignación para un hijo con discapacidad.
Pero si se encuentra con su autorización que ya está emitida en el ANSES y se encuentra en vigencia no será en absoluto necesario tramitar ninguna nueva.
- PS 2.51, esto para poder tramitar la ayuda del tipo escolar
- 2.53 si desea renunciar al cobro de las asignaciones familiares
- El PS 2.55 para poder designar a un apoderado o algún representante
En cambio el formulario PS 2.61 en el cual se encuentra la notificación para la asignación familiar, se deben encontrar en los plazos que aparecen en el ANSES. Todos pueden ser presentados por algunas personas que no sean los titulares, pero si este es el caso, debe completar la casilla que indica al representante.
Manera del cobro
El ANSES será el encargado de depositar las cantidades de las asignaciones familiares a los trabajadores los cuales hayan sido confirmados por los empleadores, según lo que indican los siguientes detalles
- Que se haya informado en su CBU por el empleador en lo que se encuentra a través de lo que es el programa de la simplificación registral lo que es el PSR
- La persona empleadora no se hubiese encargado de informar a la CBU, se puede elegir y volver a asignar automáticamente con el banco que se encuentra más cerca del domicilio donde se rige la empresa que figure en el ANSES.
- Dado el caso de que el ANSES no tuviese ninguna información acerca del domicilio, automáticamente le será solo asignado al correo.
En algunos casos esta forma de pago podría empezar a ser modificado por lo que indica el trabajador en su presentación ante el ANSES:
- En el caso de que seleccione el cobro por la ventanilla: su nota con el carácter de ser una declaración jurada en la cual debe constar lo que son sus apellidos, nombres, números de identificación del CUIL, la provincia, su código postal y el lugar que se haya elegido el cobro.
- Si tiene una cuenta bancaria o que tenga una cuente sueldo: debe presentar una nota con el cual el carácter que tiene la declaración jurada donde pueda constar sus apellidos y sus nombres, el número de su CUIL
Debe además adjuntar allí la constancia que se emite en el banco o en la copia del extracto bancario en el cual pueda surgir su DNI, nombres y apellidos, identificación CBU que corresponda
- También por medio de la página web que posee el ANSES con sus respectiva clave de la seguridad social
Certificado de no cobro de asignaciones
Sería también llamada como la certificación negativa la cual es uno de los comprobantes que pueda emitir el ANSES, que tiene un validez general de los treinta días, el cual tiene una constancia de que usted no recibe lo siguiente:
- Los aportes propios de un trabajador con una relación de la dependencia
- Declaración jurada de las provincias que no se encuentras adheridas ante el SIPA, esto ya sea para los trabajadores activos o pasivos
- Pago de las asignaciones por su maternidad
- Paga por la prestación de estar en desempleo
- Aquellos pagos por los planes sociales
- Asignación por tener un hijo
- Su asignación por el embarazo
De esta manera es mejor llevar un registro real de los datos que se encuentran en el sistema, evitando así los errores.
¡Gracias por leernos! Éxito.