Existen 15 Comunas que conforman la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. A su vez están divididas en barrios. ¿Quieres saber a cuál perteneces? ¡Sigue leyendo!
ÍNDICE DE CONTENIDOS
¿Cómo saber a qué comuna pertenezco?
Las Comunas se delimitan en barrios de acuerdo a la Ordenanza N° 26.607/72 en su artículo 1° y sus modificaciones. Estas son:
- Comuna 1: Puerto Madero, Retiro, Constitución, Montserrat, San Nicolás y San Telmo.
- 2: Recoleta.
- 3: San Cristóbal y Balvanera.
- 4: Parque Patricios, Boca, Nueva Pompeya y Barracas.
- 5: Boedo y Almagro.
- 6: Caballito.
- 7: Parque Chacabuco y Flores.
- 8: Riachuelo, Lugano y Villa Soldati.
- 9: Parque Avellaneda, Liniers y Mataderos.
- 10: Monte Castro, Villa Real, Versalles, Vélez Sarsfield, Floresta, y Villa Luro.
- 11: Villa Devoto, Villa del Parque, Villa Santa Rita y Villa Gral. Mitre.
- 12: Saavedra, Villa Urquiza, Villa Pueyrredón y Coghlan.
- 13: Nuñez, Colegiales y Belgrano.
- 14: Palermo.
- 15: Villa Crespo, Chacarita, Villa Ortúzar Paternal, y Agronomía.
Mapa de comunas
El mapa de la comuna es el siguiente:
¿Qué es una comuna?
Las comunas son las unidades que tienen una misión política y administrativa descentralizada en la Ciudad, poseen personería jurídica y tienen alcance territorial, de la propiedad de su territorio.
Así como también, tienen atribuciones electorales a la hora de elegir funcionarios nacionales y comunales, reemplazando a su vez a las ya extintas secciones electorales. Comprenden además a los barrios de la ciudad.
Es de hacer notar, que fueron creadas en 1996, luego que se ratifico la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, reguladas en el año 2005 en la Ley 1777 mientras que sus límites fueron fijados en 2008 por la Ley 2650.
Cabe destacar que, este Consejo apoya y colabora con la Junta Comunal y a su vez también puede, presentar propuestas, canalizar las demandas y definir prioridades.
Es por ello que:
En la actualidad la transferencia de competencias Gobierno-Comuna fue impulsada por la Secretaria de descentralización, con el objetivo de que ambos estrechen lazos para trabajar mancomunadamente por el bienestar de todos.
Así mismo y dentro del alcance de las Comunas, estas tienen la potestad de ejercer el poder de policía en el momento de vigilar el uso que se le da al espacio público, es decir hacer el seguimiento y control para que se le dé el uso adecuado a los espacios.
¿Cuales son las atribuciones de las comunas?
- Elaboran su planificación sobre las acciones a tomar para el mantenimiento de las vías públicas y de transito secundarias, mantenimiento de áreas verdes.
- Tienen competencias en el área administrativa en cuanto a la ejecución de su presupuesto anual y la administración de su patrimonio de acuerdo a la Ley de Presupuesto.
- La presentación de proyectos de decretos al Poder Ejecutivo.
- Estudian las necesidades y demandas sociales y políticas de las comunidades.
- Establecen un sistema multidisciplinario de conciliación para la resolución de conflictos.
- Emplazan a la audiencia pública para discutir y/o debatir asuntos de utilidad general y llaman a reuniones populares no vinculantes.
- Llevar e impulsar todo proyecto y/o acción que contribuya al aumento de la calidad de vida de sus habitantes y al desarrollo local, en tanto no implique ir en sentido contrario del interés general de la ciudad en su conjunto y/o de las demás jurisdicciones Comunales.
- Las decisiones de los miembros de las juntas comunales son anulables por voto popular.
Asimismo, se establecerá un Consejo de Coordinación Intercomunal, para acordar las políticas entre las comunas y el Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma, administrado por el jefe de Gobierno o un funcionario con jerarquía designado por él, y conformado por los presidentes de todas las juntas comunales.
Delegaciones en comunas y otras sedes
1.- Delegaciones en Comunas
De acuerdo a su domicilio y dirección usted podrá conocer qué Sede Comunal le corresponde. El horario de atención al público y a los profesionales, por parte de las Delegaciones de AGIP en las Comunas será desde las 9:00 am hasta las 16:00 horas.
2.- Delegaciones en entidades profesionales
A continuación se mencionan las siguientes:
- Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. Atienden especialmente a lo profesionales. Ubicada en Av. Corrientes 1441 – Entrepiso.
- Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Otorgan Atención principalmente a los profesionales. Ubicada en Paraná 744 – PB.
- Colegio de Graduados en Ciencias Económicas. Brindan atención a profesionales y público en general. Ubicada en Viamonte 1582 – Subsuelo.
- Colegio de Escribanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Atienden especialmente a lo profesionales. Ubicada en Av. Las Heras 1833.
Así mismo se informa a toda la comunidad interesada que todos los centros anteriormente mencionados, poseen el mismo horario, de Lunes a Viernes de 9.30 a 15.30 hs.
Aspectos Importantes
- Las Comunas son las unidades que tienen una responsabilidad política y administrativa descentralizada en la Ciudad, poseen personería jurídica y tienen alcance territorial, de la propiedad de su territorio.
- Tienen competencias exclusivas con el Gobierno de la Ciudad. Entre ellas se encuentran: el mantenimiento de los espacios verdes y de las vías secundarias.
- Ademas, se consideran Comunas todos aquellos sectores de la población que no logran alcanzar los diez mil (10000) habitantes.
- También poseen además competencias en el área administrativa en cuanto a la ejecución de su presupuesto anual y la administración de su patrimonio de acuerdo a la Ley de Presupuesto.
- Es decir, entre las áreas de competencias de las Comunas, se encuentra la de evaluar y planificar políticas que amplíen los beneficios para la comunidad, en el ámbito salud, medio ambiente, cultura y deporte, adulto tercera edad, seguridad, derechos humanos, turismo, área social, personas con condiciones especiales, entre otros.
- Cabe destacar, que cada una de ellas, tiene que estar conformada por un integra delegados llamado Consejo Consultivo, por todas las formas de organización social y político en el territorio de la Comuna, asi como por entidades vecinales, redes, partidos políticos, entre otros.
- De la misma manera, debe haber en ellas, una Junta Comunal conformada por un Presidente y un representante de Gobierno. Los 7 miembros que conforman la Junta son electos por los vecinos a través de elecciones por un periodo de cuatro (04) años.
- Es de hacer notar que el Presidente de la Junta electo, no es mas, que la persona que luego de los comicios obtiene el mayor numero de votos en las elecciones.
- Por ejemplo, las comunas no pueden crear tasas, impuestos o contribuciones.
- A su vez, emplazan a la audiencia pública para discutir y/o debatir asuntos de utilidad general y llaman a reuniones populares no vinculantes.
- Asi como tambien, deberán estar fundamentadas en la Ley N° 6 y sus modificatorias de Audiencia Pública, Ley N° 89 de Referéndum y Consulta Popular, Ley N° 40 de Iniciativa Popular y Revocatoria de Mandato de la Ley N° 357.
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Sabiendo tu dirección puedes saber a qué comunas perteneces aquí.
¡Nos leemos!