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Como descargar el Certificado Electoral
En cada elección, los colombianos tienen el deber de ejercer el voto. Pero, ¿sabias que luego de cada votación deben hacerte entrega del certificado electoral? Pues si no sabes en qué consiste, acá te explicamos qué es y qué contiene este certificado. ¡Sigue con nosotros!
El certificado Electoral se considera un instrumento publico. Donde se establece que el ciudadano cumplió con el deber de ejercer su derecho al voto en las elecciones.
Contiene la declaración del presidente de la mesa de votación. Del Registrador Distrital. O, Municipal del Estado Civil del lugar donde se haya inscrito la cédula de ciudadanía.
El certificado electoral contiene los siguientes datos:
Número de la cédula del ciudadano
Ciudad
País
Puesto
Mesa de votación del votante.
También tiene un numero en la parte superior derecha que identifica al sufragante y define si es el documento legal.
Beneficios del Certificado Electoral
Prelación si hay empate en los resultados de los exámenes para entrar en las instituciones privadas o publicas de educación superior.
Reducción de un mes en el tiempo para prestar servicio militar obligatorio en el caso de bachilleres.
Rebaja de dos meses si son soldados campesinos y regulares.
Prioridad para obtener los beneficios del estado como becas educativas, predios rurales, subsidios de vivienda, si se esta en igualdad de condiciones.
Tendrá beneficios en caso de tener igualdad de puntaje en una lista en el caso de optar por algún empleo con el estado.
Los estudiantes de educación superior de una institución oficial tendrán acceso a un descuento de 10% en el monto de la matricula estudiantil, esto se establece en el Ley 815 de 2003 en su articulo 1.
Rebaja del 10% en el costo de emisión del pasaporte, debe ser en los próximos 4 años de la votación y por una sola vez.
Menos del 10% del monto en el trámite inicial y para la emisión de duplicados de la Libreta Militar. Los que hagan su tramite de duplicado de la cédula también recibirán descuento de 10%.
Cómo descargar el Certificado electoral
El certificado electoral es emitido y entregado al ciudadano luego de haber ejercido su derecho al voto.
En caso de perder el Certificado Electoral
Si el ciudadano pierde su certificado electoral debe hacer una carta y dirigirla a la Delegación Departamental de la Registraduría correspondiente donde se debe indicar el lugar y mesa de votación.
Si no recuerda donde hizo la votación podrá obtener la información en la pagina y la delegación donde usted acuda le sumistrará la certificación correspondiente.
Preguntas frecuentes
¿Por qué se le entrega a los votantes el certificado Electoral?
Se entrega por una sencilla razón, con el certificado electoral los votantes pueden disfrutar de varios beneficios que establece la Ley 403, dice:
“El voto es un derecho y un deber ciudadano. La participación mediante el voto en la vida política, cívica y comunitaria se considera una actitud positiva de apoyo a las instituciones democráticas, y como tal será reconocida, facilitada y estimulada por las autoridades”.
¿Es de carácter obligatorio que Certificado este firmado?
Si. El certificado recibido por el votante debe ir firmado por el presidente de la mesa de votación. Sino, el documento no tiene validez.
¿El 10% de descuento en la matrícula para que tipo de universidades es?
Los únicos estudiantes de educación superior que se pueden beneficiar con el descuento de 10% son los estudiantes de instituciones publicas. No aplica para instituciones privadas. Basados en los que dice la Ley 815 en su articulo 1.
¿Por haber ejercido el derecho al voto el ciudadano tiene algún tipo de descanso?
La persona que ejerza el sufragio tendrá medio día de descanso compensatorio remunerado, el cual puede hacerse efectivo treinta días después de la haber votado. Esto lo establece la Ley 403 en su articulo 3.
¿Los países que obligan a los ciudadanos a votar ofrecen estímulos al elector?
No, Colombia es un país que no tiene voto obligatorio, mas bien ha desarrollado un sistema para estimular a los votante que quieran hacerlo de manera voluntaria entregando incentivos por ejercer su derecho.
Los países donde existe el voto obligatorio se les impone sanciones a las personas que no votan pero en muchos casos es difícil que se cumplan por la cantidad de personas que no acuden a votar.
¿Los beneficios otorgados tienen fecha de vencimiento?
La ley establece que el certificado electoral puede ser usado una sola vez para adquirir los beneficios, y expira cuando vuelvan a hacerse nuevas elecciones ordinarias.
Referente a los descansos que se exponen en las normas, para el caso de los jurados el descanso es de un solo día y debe ser tomado en los próximos 45 días luego de la elección y para los votantes el descanso es de medio día que debe ser tomado igualmente dentro de los siguientes 45 días luego de la elección.
¿El jefe está en la obligación de dar el descanso al empleado que votó?
Si, la ley establece beneficios para el votante por lo tanto el empleador no puede negar el día compensatorio de descanso remunerado al ciudadano, el votante debe acordar con el empleador que fecha tomare el medio día que le corresponde. Este derecho no puede ser negado.
¿Si el empleador no le otorga el descanso al ciudadano, que debe hacer?
Si es un trabajador de una entidad pública, puede tramitar una acción de cumplimiento, debido a que si no le otorga el descanso el empleador esta incumpliendo la ley. Para los empleados de empresa privadas, la queja es presentada en el Ministerio de Protección Social o la Oficina del Trabajo, exponiendo toda la situación, tambien puede dirigirse a la jurisdicción laboral.
Es importante que los empleados tengan claro que el descanso debe tomarse y es obligatorio.
¿El empleador puede definir por cuenta cual sera el día que el trabajador tome el descanso?
La ley establece que el tiempo de descanso se tomará por un acuerdo entre el empleado y el empleador y que el compensatorio debe hacerse el mes siguiente a la votación.
¿Si un estudiante fue jurado en las elecciones puede tener el día compensatorio?
No. Los únicos que pueden contar con ese beneficio son los jurados que sean empleados privados o públicos. Si algún estudiante es asignado como jurado no aplica para obtener un día compensatorio.
¿Si soy estudiante y fui a ejercer mi derecho al voto se me otorgara el mediodía compensatorio?
No. el beneficio que tienen los estudiantes es del 10% de descuento en la matricula estudiantil siempre y cuando estudie en una institución de educación superior publica. Los trabajadores son los que tienen derecho a tomar el día compensatorio.
¿Si un estudiante voto le sera otorgado el descuento en la matricula?
Si, si un estudiante vota se le otorgara el derecho de rebaja de 10% en el monto de la matricula si estudia en una institución oficial de educación superior.
Este beneficio no solo aplica en el periodo académico cuando se haga la elección sino para todos los periodos académicos siguientes hasta que se vuelva a hacer alguna votación y el estudiante pueda participar. según la Ley 815, donde se agregaran nuevos beneficios y estímulos al votante.
¿Si la persona tenia la intención de votar pero no pudo hacerlo por fuerza mayor, tendrá el derecho al certificado electoral que le ofrece beneficios?
La respuesta es si, la Ley 403 en su articulo 4 establece que se justifica no participar en una votación siempre y cuando dentro de los 15 días próximos al sufragio municipales la persona interesada demuestre de manera convincente al Registrados distrital o municipal del estado civil del sitio donde se encuentra inscrita su cédula que no sufrago por causas mayores.
Si el Registrador acepta su excusa emitirá el certificado, si no es aceptada el ciudadano tiene la oportunidad de apelar esta decisión ante el organismo superior.
Muchos países no cuentan con estímulos para ejercer su derecho al voto, los colombianos tienen grandes beneficios si deciden participar en los sufragios.
Esperamos que seas de los que se animan a votar y a formar parte de los ciudadanos que se benefician haciendo entrega del certificado electoral. ¡Nos leemos luego!
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