Con gran interés, debes conocer todo lo que tiene que ver con los pasos y Requisitos para declarar un hijo en República Dominicana.
ÍNDICE DE CONTENIDOS
- 1 Requisitos para declarar un hijo en República Dominicana
- 1.1 Declaración por parte de ambos padre y madre casados
- 1.2 Declaración del hijo que será asumida por la madre
- 1.3 Declaración del hijo nacido de una relación consensual, cuya paternidad va a ser asumida por el padre.
- 1.4 Declaración de los hijos de dominicanos nacidos en el extranjero.
- 1.5 Requisitos para declarar en el extranjero
- 2 ¿Cómo declarar un hijo en República Dominicana?
- 3 ¿Cómo declarar a un hijo mayor de edad?
- 4 ¿Cuáles son los requisitos para una declaración tardía?
- 5 ¿Qué se debe hacer cuando un padre se niega a reconocer a su hijo?
- 6 Preguntas frecuentes
Requisitos para declarar un hijo en República Dominicana
Para declarar un hijo en República Dominicana debes cumplir los requisitos, estos dependiente de las situaciones variarán.
Como por ejemplo, dependiendo de quien realice dicha declaración, ya que la misma pudiera ejecutarse de distintas formas.
Estas declaraciones pueden ser solo con la madre, con ambos padres o solo por el padre.
A continuación te presentamos los requisitos para declarar un niño en dominicana, la cual depende de la modalidad.
Declaración por parte de ambos padre y madre casados
- La cédula de identidad electoral del padre o el pasaporte en caso de ser extranjero.
- Cédula de identidad electoral de la madre o el pasaporte en caso de ser extranjera.
- El certificado del hospital o la clínica.
- El acta de matrimonio certificada y actualizada.
- Los hijos de ambos padres extranjeros o de solo madre extranjera, nacidos a partir del 18/05/2007 se registraran en el libro para hijos de madre extranjera.
Y este registro se realiza aún sin la presentación de su documento de identidad o pasaporte.
Nota: En caso del fallecimiento de la madre, deberán depositar el acta de defunción.
Declaración del hijo que será asumida por la madre
- Cédula de identidad electoral de la madre o su pasaporte si es extranjera.
- El certificado del hospital o la clínica.
Declaración del hijo nacido de una relación consensual, cuya paternidad va a ser asumida por el padre.
- La cédula de identidad electoral del padre o el pasaporte si es un extranjero.
- La cédula de identidad electoral de la madre o el pasaporte si es el caso de que es extranjera.
- La certificación de la clínica o el hospital.
Declaración de los hijos de dominicanos nacidos en el extranjero.
Es importante que descarguen el formulario para llenar a mano.
La nación dominicana, a través de sus delegaciones en el extranjero les ofrecen a todos sus ciudadanos, los servicios oficiales del estado civil.
Esto con el fin de que se puedan realizar cualquier gestión o función, para los cuales dichos documentos o servicios sean imprescindibles.
Según indica la Constitución de República Dominicana, todos los hijos de dominicanos que nacen en el extranjero, también son considerados dominicanos.
Esto siempre y cuando acudan a registrarlos en el país, este trámite de registro se puede iniciar en las oficinas consulares dominicanas.
Eso sí, siempre tomando muy en cuenta, las restricciones que indican las leyes dominicanas vigentes.
Absolutamente todos los padres dominicanos tienen derecho a declarar a sus hijos en las oficinas consulares de República Dominicana.
Requisitos para declarar en el extranjero
- Por lo menos uno de los padres debe ser dominicano.
- Ambos padres debe presentarse en la oficina Consular dominicana.
- Deben acudir y llevar físicamente al hijo.
- Entregar una fotografía reciente del niño, tamaño 4×5 cm, con fondo blanco, debe ser de frente, sin pendientes. Sin sonrisas, sin muecas, cabello recogido.
- Las cédulas de identidad y electoral de ambos padres si la tienen.
- El pasaporte dominicano de los padres si la tienen.
- Acta de nacimiento dominicana de los padres que la tengan.
- Certificado de declaración de nacimiento del menor, esté expedido por la oficialía extranjera civil, debidamente legalizado y traducido al español si requiere por estar en otro idioma.
- Certificado de matrimonio si ambos padres son casados entre sí.
- Un testigo.
¿Cómo declarar un hijo en República Dominicana?
Luego de que un niño nace, es necesario proceder de inmediato con la declaración, para que de esta forma, se tenga la constancia de su existencia.
Será así, incluido como ciudadano de República Dominicana y debe este tramitarse, si es zona urbana en 60 días y zona rural en 90 días, estos contando desde el nacimiento.
En la clínica u hospital donde haya nacido él bebé, será emitido un certificado que incluirá todos los datos referentes al nacimiento.
Así como también, el domicilio del lugar de nacimiento, por lo que se considera bien importante que los datos sean correctamente llenados.
Con esta certificación, más los otros requisitos deberán dirigirse al lugar más cercano del nacimiento del niño y gestionar en la oficialía del Estado Civil.
¿Cómo declarar a un hijo mayor de edad?
La declaración de un hijo es fundamental realizarla a tiempo, pero en caso donde se pretende ejecutarla de manera tardía se deben seguir varios requisitos.
Estos requisitos son sin duda, toda esa documentación legal que ya mencionamos anteriormente.
Pero en este caso particular, se requiere que el hijo mayor de edad autorice a sus padres y acepte su reconocimiento legal.
¿Cuáles son los requisitos para una declaración tardía?
La declaración tardía de nacimiento según el artículo 40 y 41 de la Ley 659, son las instrumentadas, después de los 60 días a partir de la fecha de nacimiento.
Este plazo tiene efecto para zonas urbanas de 60 días y para la zona rural de 90 días.
Requisitos para registro de personas menores de 16 años
- Cédula de identidad y electoral de los padres o si no tienen nacionalidad dominicana, deben presentar la cédula de identidad de extranjera.
- El Certificado del hospital o la clínica.
- El acta de matrimonio si los padres están casados.
Requisitos para registro de personas mayores de 16 años
- La constancia de alumbramiento o nacimiento del menor, esta expedida por la clínica, hospital, partera, alcalde pedáneo o médico.
- Cédulas vigentes de identidad, de los padres del menor.
- En los casos de que alguno de los padres haya fallecido se deberá presentar el acta de defunción.
- El acta de matrimonio de los padres del menor, en caso de estar estos o fueron casados.
- El certificación de no inscripción de las oficialías del municipio o del Distrito Municipal en donde nació la persona a registrar.
- La constancia de bautizo.
- Dos (2) fotografías de medidas 2×2 del menor a inscribir.
Informaciones importantes
Deben toman en cuenta que todos los documentos deberán ser depositados, en la Oficialía del Estado Civil.
Este depósito de documentos debe ser realizado por los padres o por los propios interesados, los cuales serán entrevistados por un oficial del estado civil quien verificará los datos.
Para este trámite de declaración tardía, no lo pueden ejecutar intermediarios.
¿Qué se debe hacer cuando un padre se niega a reconocer a su hijo?
En torno a este tema es importante conocer, que los hijos concebidos en un matrimonio se consideran automáticamente hijo del marido.
Existe un proceso judicial conocido como demanda, en el reconocimiento de la paternidad que también, es aplicable.
Pero es vital conocer que no obstante, la demanda se diferencia de la presentación voluntaria por los siguientes puntos relevantes:
1 El proceso de demanda es más largo.
2 Lo maneja y es de conocimiento por un tribunal especializado y competente en la materia.
3 En una demanda se debe aportar pruebas.
4 Se requiere la representación de un abogado.
En conclusión se debe entender que aun si el padre biológico no desea reconocer y aceptar su paternidad, el mismo puede ser obligado con pruebas ante la ley.
Preguntas frecuentes
¿Está establecido un límite de edad, para reconocer a un hijo biológico?
La respuesta correcta es no, se puede realizar a cualquier edad pero se debe tomar en cuenta que el padre, debe encontrarse en el pleno uso de sus facultades.
¿Si un padre biológico fallece, como se puede obtener su reconocimiento?
Dos grandes opciones claras se tienen, primero por la vía judicial o si tiene a su abuelo con vida, este lo puede reconocer también.
Hemos recorrido este gran tema de este artículo y entendemos lo interesante que es, además de conocer los Requisitos para declarar un hijo en República Dominicana.
Nos leemos!!!