Los seguros son algo que se paga poco a poco hasta el momento que se tenga que usar. Por ahora, no se va a mencionar cómo se cobran todos los seguros, pero sí el del seguro Cesantía. Descubre aquí ¿Cómo cobrar el seguro de cesantía?
ÍNDICE DE CONTENIDOS
- 1 ¿Cómo cobrar el seguro de Cesantía?
- 2 ¿Quiénes pueden cobrar?
- 3 ¿Cómo funciona el seguro de cesantía?
- 4 ¿Qué es la AFC?
- 5 ¿Cuáles son sus funciones?
- 6 ¿Dónde puedo realizar este procedimiento?
- 7 ¿En cuánto tiempo se debe cumplir las cotizaciones?
- 8 ¿Cuánto se le descuenta al trabajador para poder pagar las cuotas de la Cuenta Individual de Cesantía?
- 9 Soy emigrante ¿Puedo cobrar el seguro cesantía?
- 10 Si ya soy pensionado ¿Pierdo el dinero del seguro cesantía?
¿Cómo cobrar el seguro de Cesantía?
Después de que se pierde un empleo, es bueno saber que existe un fondo que te va ayudar a vivir mientras consigues nuevamente trabajo, sin tener que preocuparte por la falta de dinero por no tener empleo.
Pero este beneficio sólo se puede disfrutar cuando ya no se tiene trabajo, por ello, se deben realizar una serie de pasos y cumplir con unos requisitos para poder cobrar este fondo, mientras se consigue trabajo.
En tal caso de no sepas como adquirir este beneficio, puedes seguir estos pasos y ver si entras en el perfil de los requisitos que se van a mencionar a continuación.
Pasos
Puede obtener el seguro cesantía siguiendo estos pasos que se van explicar detalladamente:
- Ir hasta la sucursal de la AFC que se encuentre dentro de su domicilio, con la cédula de identidad junto con cualquiera de estos documentos:
- Finiquito legalizado.
- Carta de renuncia.
- Comunicación de despido.
- Entre otros documentos que pueden reemplazar el finiquito.
- Realizar el pago para poder tramitar la solicitud del seguro cesantía, para la sucursal de empiece con el proceso de evaluación de la misma.
- Cuando ya haya sido aprobada la solicitud en la misma sucursal donde realizo el trámite, la misma le indicara al solicitante cuales son los días del pago del seguro y como lo va a cobrar.
- Al momento de realizar el cobro del seguro, puede que sea mediante los siguiente medios:
- Locales de Sercipag.
- Agencia bancaria de BancoEstado.
- Depósitos bancarios en CuentaRUT.
- También se puede pagar el seguro cesantía, a través de las cuentas bancarias de los beneficiarios hacia sean cuantas corriente o de ahorro.
De esta forma se puede tener la respuesta a la pregunta de ¿cómo cobrar el seguro de cesantía? Ahora vamos a mencionar los requisitos, para que quede más clara esta incógnita
Requisitos
Los que debe tener cualquier persona que va empezar a cobrar el seguro de son estos requisitos:
- Debe estar cesante.
- Tener las cotizaciones mínimas, las cuales deben estar acreditas y pagas en su cuenta. Estas son las cotizaciones mínimas que de tener según el tipo de contrato laboral que tenia, no importa la cantidad de empleador que haya tenido:
- Contratos indefinidos: 12 cotizaciones así sean continuas o separadas.
- Servicio determinado, contrato fijo, por obra o faena: Debe ser 6 cotizaciones, no importa cómo fueron cumplidas.
Estás cotizaciones deben ser cumplías en el mes anterior, con respecto al mes donde se finaliza el tiempo laboral.
Requisitos en el caso de despido
- Debe igualmente ser cesante.
- Tener 12 cotizaciones, las cuales debe estar pagadas y acreditadas, las mismas deben haber sido cumplidas dentro los 24 meses anteriores, antes del mes en el cual se realizo el despido.
- Registrar en una cuenta personal de un saldo insuficiente, para poder cobrar el seguro.
- haber sido despedido por estas razones:
- En caso de que el contrato fue indefinido:
- Necesidades de la empresa que coincidan con lo que se menciona en el artículo 161 del Código de Trabajo.
- Casos especiales que impiden continuar con el trabajo, vea cuáles son esos casos especiales en el artículo 156 del Código de Trabajo.
- Que la empresa se declaro en quiebra
- Para aquellos casos de contrato a plazo fijo, por obra, entre otros tipos de contrato:
- Necesidades de la empresa según el artículo 161 del Código de Trabajo.
- Casos especiales que impiden continuar con el trabajo, verifique los casos especiales en el artículo 156 del Código de Trabajo.
- Declaración de bancarrota en la empresa.
- Culminación del tiempo establecido en el contrato
- Cuando la obra haya finalizado.
- En caso de que el contrato fue indefinido:
- Inscribirse en la bolsa nacional de empleos ingresando aquí
¿Quiénes pueden cobrar?
Los únicos que puede cobrar el seguro son aquellos desempleados que son cesante y cumplieron todas las cotizaciones en el tiempo correspondes.
Para la personas con contratos indefinidos debe haber cumplido las 12 cotizaciones que le corresponde un mes antes de haber finalizado el trabajo.
Y las personas que tenían contratos por tiempos definidos solo debieron haber cumplido 6 cotizaciones igualmente un mes antes de haber finalizado el trabajo.
En pocas palabras toda persona que cumpla con los requisitos mencionados anteriormente y sigan los pasos que han sido explicado, puede cobrar el seguro si en la sucursal de AFC aprueba la solicitud.
¿Cómo funciona el seguro de cesantía?
Las entidades que administran esto seguro dicen que tienen dos funciones. La primera se conoce como la Cuenta Individual de Cesantía (CIC), donde los trabajadores ponen una parte del seguro y los empleadores ponen la otra parte, con un porcentaje mayor al cual deben pagar los trabajadores.
La segunda función es como Fondo de Cesantía Solidario donde este es solamente financiado por el empleador y trabajador no está obligado a pagar nada.
Si al momento de hacer el cobro del seguro, la cuenta individual es insuficiente, se puede optar por el fondo solidario. Pero para poder utilizar el fondo solidario la persona debe inscribirse en la Oficina Municipal de Información Laboral, donde podrá adquirir un nuevo empleo gracias la formación que va recibir en la oficina.
¿Qué es la AFC?
La AFC es la Administradora de Fondo de Cesantía, la cual se encarga gestionar todo lo relacionado a las cuentas del Fondo de Cesantía, a su vez es la base principal de cómo cobrar el seguro de cesantía, ya que ellos encargan también del trámite.
¿Cuáles son sus funciones?
Las funciones que debe cumplir Administradora de Fondo de Cesantía AFC, es de la afiliación de los trabajadores al sistema, registras las cotizaciones de los empleados, mejorar los planes de financiamiento para que los fondos estén siempre actualizados y también administran la forma de pago del seguro.
Los pagos que puede otorgar el seguro de cesantía van ser de la siguiente manera:
- Primer pago: 70% del ingreso promedio.
- Segundo pago: 55% del ingreso promedio.
- Tercer pago: 45% del ingreso promedio.
- Cuarto pago: 40% del ingreso promedio.
- Quinto pago: 35% del ingreso promedio.
- Sexto o posterior pago: 30% del ingreso promedio.
Estos pagos se basa en el salario que se recibió el empleado mientras estaba trabajado, puede visualizar que a medida que pasa los pagos el mismo va disminuyendo.
Por esta razón el seguro no es un dinero para vivir toda la vida, sino para el tiempo en que se puede conseguir un nuevo empleo.
¿Dónde puedo realizar este procedimiento?
El procedimiento para poder cobrar el seguro, puede realizarse en cualquier sucursal Administradora de Fondo de Cesantía AFC, que se encuentre dentro del domicilio del beneficiario, el mismo debe dirigirse a la cualquier oficina con todos los documentos siempre y cuando este dentro del perfil de los requisitos.
¿En cuánto tiempo se debe cumplir las cotizaciones?
En el caso de Cuentas Individuales de Cesantía el tiempo en cual se debe cumplir las cotizaciones es de 11 años mientras se esté trabajando. Si el cesante sigue cotizando después de este tiempo lo que va lograr es que aumente su rentabilidad.
Mientras las personas este trabajando sigue pagando este fondo hasta el mes antes de finalizar el trabajo.
¿Cuánto se le descuenta al trabajador para poder pagar las cuotas de la Cuenta Individual de Cesantía?
Lo que puede cobrarle la Administradora de Fondo de Cesantía AFC a los trabajadores, es el 0,6% de su salario mensual mientras no tenga un contrato indefinido.
La cuenta del Fondo Solidario lo paga solamente el empleador, como ya se mencionado anteriormente solamente se puede cobrar cuando el empleado no pueda trabajar, por la situación en que se encuentre la empresa o por la condición de su contrato.
Soy emigrante ¿Puedo cobrar el seguro cesantía?
Puede cobrar el seguro si cuenta con la cédula chilena y si tiene un trabajo que cumple con lo establecido en el Código de Trabajo. De esta manera puede gozar del seguro cesantía y todos los beneficios que dicta el Código de trabajo.
Si ya soy pensionado ¿Pierdo el dinero del seguro cesantía?
No, una vez que la persona ya puede cobrar su seguro de vejez, puede cobrar el fondo acumulo en todo el tiempo que estuvo trabajando, sin la necesidad de pagar impuesto por ello.
Lo que se acaba de mostrar es la forma ¿cómo cobrar el seguro de cesantía? Aclarado todas las posibles dudas que pueden surgir en relación a esta pregunta. Si quieres saber más de otros trámites chilenos aquí los puedes conseguir