Conoce los Requisitos para cobrar la Renta Agraria – SEPE

La Renta Agraria es una ayuda para todos aquellos trabajadores agrarios eventuales que se encuentren desempleados. Este subsidio lleva ya años abriendo las oportunidades para diversas comunidades de España, principalmente dentro de Andalucía y Extremadura.

Si trabajas en el campo y te encuentras desempleado, te mostraremos los requisitos para cobrar la Renta Agraria que te ayudarán durante estos tiempos difíciles.renta agraria

Requisitos para cobrar la Renta Agraria

Los requisitos para cobrar la Renta Agraria son los siguientes:

  • Formar parte de los trabajadores agrarios empleados por cuenta ajena.
  • Estar empadronado y haber tenido la residencia en Andalucía o Extremadura durante, por lo menos, los últimos 10 años.
  • No haber solicitado ningún tipo de subsidio por desempleo agrario en los 3 años previos a la solicitud.
  • Estar registrado en el censo del Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios de la Seguridad Social en el año previo a la solicitud. En el caso de ser mayor de 45 años, este periodo aumenta entre los 5 y 20 años.
  • Estar al corriente con la cuota de pago fija del Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios de la Seguridad Social.
  • Que, durante los últimos 12 meses naturales desde la situación de desempleo, hayas cotizado un mínimo de 35 jornadas reales.
  • No poseer ninguna renta que, al hacer el balance anual, sea mayor que la cuantía del Salario Mínimo Interprofesional. Para esta situación no se tienen en cuenta las pagas extraordinarias. Tampoco se puede superar el límite familiar de rentas determinado.
  • Hacer la solicitud como demandante de empleo. De esta manera, debes mantenerte dentro de esa inscripción durante el tiempo que percibas la renta, y declarar tu compromiso de actividad.

Una vez cumplas con los anteriores requisitos para cobrar la Renta Agraria, puedes proceder a reunir la documentación que aquí te mostramos:

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  1. La planilla oficial para la solicitud de la Renta Agraria. En este enlace podrás encontrar una copia que tienes que rellenar por tu cuenta.
  2. Documentos de identidad del solicitante de la Renta Agraria. También deben de incluirse a los familiares de hasta segundo grado de afinidad que se incluyan dentro de la solicitud.
    • En el caso de los españoles, se recibirán tanto pasaportes como el Documento Nacional de Identidad de cada uno.
    • Para los nacionales de países de la Unión Europea se podrá utilizar su certificado de registro de ciudadano, además de su pasaporte. También se recibirán los documentos de identidad de cada país integrante.
    • Y por último, los ciudadanos no españoles o nativos de la Unión Europea deberán entregar su Tarjeta de Identidad de Extranjero o su pasaporte.
  3. Un documento bancario que muestre el número de cuenta del titular de la solicitud en la que se depositará la renta.
  4. El libro de familia. Los extranjeros deben entregar un documento equivalente.
  5. De existir, una sentencia o convenio regulador, para los casos de divorcio o separación de alguno de los integrantes de la familia.
  6. Una resolución judicial que refleje el consentimiento de la entidad pública encargada de entregar la custodia de menores de edad que integren la familia. Esta debe contener la fecha del acogimiento y en general, la información del proceso.
  7. Otra documentación que se le puede solicitar como uno de los requisitos para cobrar la Renta Agraria incluye:
    • Un justificante de los ingresos percibidos durante el año previo a la solicitud por los integrantes del grupo familiar. Este se solicitará en los casos en los que dicho capital haya sido obtenido en áreas de trabajo agrícola por cuenta ajena de manera eventual.
    • De ser tu caso, el certificado del tiempo que has estado registrado en el Padrón Municipal de Habitantes de los ayuntamientos de Extremadura o Andalucía.
    • Un certificado que contenga la cantidad de jornadas trabajadas por faenas agrícolas si ha trabajado de forma temporal en el extranjero.
    • El certificado de empresa, con las firmas y sellos de los representantes de las organizaciones a las cuales hayas prestado servicios.

¿Cómo solicitar la renta agraria?

Para solicitar la Renta Agraria se tienen distintas opciones:

  • Se realiza en el momento en que te inscribes como demandante de empleo.
  • O, si se solicita por primera vez, se presenta en el momento en que comienza la situación de desempleo. En los casos en que ya se haya recibido la ayuda, se podrá solicitar a partir de que pase un año desde que se percibió la renta anterior.

Los métodos que los trabajadores agrarios deben utilizar para solicitar la Renta Agraria son los siguientes:

  1. La página web del Servicio Público de Empleo Estatal.
  2. En una de las oficinas de prestaciones dentro de Andalucía o Extremadura. Para este procedimiento se debe solicitar previamente una cita en el portal en línea del SEPE o llamar por el servicio telefónico. Aquí encontrarás los números de teléfono según tu comunidad.
  3. En una oficina del registro público en Extremadura o Andalucía.
  4. Por medio del correo administrativo.

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Una vez entregues tu solicitud con todos los requisitos para cobrar la Renta Agraria, el Servicio Público de Empleo Estatal comenzará a procesarla. Este proceso tomará aproximadamente 15 días hábiles desde la entrega, y se deberá notificar la resolución al solicitante durante los 10 días posteriores a la fecha fijada.

La cuantía determinada para la Renta Agraria va a depender de las jornadas reales trabajadas y justificadas. Además, se tendrá en cuenta el Indicador Público de la Renta de Efectos Múltiples vigente, según lo establecido a continuación:

  • A aquellos que declaren de 35 a 64 jornadas reales, les corresponderá un 80% de la renta sobre el Indicador Público de la Renta de Efectos Múltiples.
  • A aquellos que declaren de 65 a 94 jornadas reales, les corresponderá un 85% de la renta sobre el Indicador Público de la Renta de Efectos Múltiples.
  • Quienes  declaren de 95 a 124 jornadas reales, les corresponderá un 91% de la renta sobre el Indicador Público de la Renta de Efectos Múltiples.
  • A aquellos que declaren de 125 a 154 jornadas reales, les corresponderá un 96% de la renta sobre el Indicador Público de la Renta de Efectos Múltiples.
  • Quienes  declaren de 155 a 179 jornadas reales, les corresponderá un 101% de la renta sobre el Indicador Público de la Renta de Efectos Múltiples.
  • A aquellos que declaren más de 180 jornadas reales, les corresponderá un 107% de la renta sobre el Indicador Público de la Renta de Efectos Múltiples.

Límite familiar de rentas para cobrar la renta agraria

El límite familiar de rentas para cobrar la Renta Agraria se calcula dependiendo de cuantos mayores de 16 años convivan con el solicitante. Considerando que no se tengan cuentas propias, la suma de las de todos los integrantes del grupo familiar, de forma anual, debe mantenerse dentro de los siguientes límites:

  • Si fueran dos miembros mayores de 16 años junto al solicitante, el límite de rentas se mantiene en 2.00 veces el Salario Mínimo Interprofesional.
  • Si fueran tres miembros mayores de 16 años junto al solicitante, el límite de rentas se mantiene en 2.75 veces el Salario Mínimo Interprofesional.
  • En el caso de que fueran cuatro miembros mayores de 16 años junto al solicitante, el límite de rentas se mantiene en 3.50 veces el Salario Mínimo Interprofesional.
  • Si fueran más de 5 miembros mayores de 16 años junto al solicitante, el límite de rentas se mantiene en 4.00 veces el Salario Mínimo Interprofesional.

Los familiares considerados en el grupo familiar para determinar el límite se componen del cónyuge, los descendientes y ascendientes, y parientes hasta el segundo grado, que convivan con el solicitante.

¿Qué es la renta Agraria?

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La Renta Agraria es una ayuda que se entrega a las personas, trabajadoras eventuales, que han perdido sus empleos. Estas personas, para poder cobrar la Renta Agraria, deben estar incluidos en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios de la Seguridad Social y no cobrar ninguna otra prestación por desempleo en la actividad agraria.

Para cobrar la Renta Agraria, no se consideran rentas o prestaciones por desempleo en el campo agrario que impidan el subsidio a las siguientes ayudas:

  1. Las que correspondan al subsidio de la Renta Agraria.
  2. Aquellos derivados de protección familiar por los hijos a cargo del solicitante.
  3. Las pensiones de planes no rescatados.
  4. El pago anticipado de la devolución fiscal para las mujeres trabajadoras que tengan hijos menores de 3 años.
  5. Las rentas obtenidas por labores agrarias de carácter eventual durante periodos en los que se trabajó por cuenta ajena.
  6. Y las rentas derivadas de labores agrarias de carácter fijo discontinuo durante periodos en los que se trabajó por cuenta ajena. En este caso, siempre y cuando estas sean inferiores a seis veces el Salario Mínimo Interprofesional mensual vigente.

Nota: Si quieres conocer las características que definen el concepto de rentas en términos generales según lo determinado para los subsidios por desempleo, puedes ingresar en este enlace.

¿Qué es el PER Andaluz?

El Plan de Empleo Rural, Plan de Fomento para el Empleo Agrario o simplemente PER Andaluz, es un plan de pagos que realizan los ayuntamientos de Andalucía y Extrema. Este tiene la finalidad de hacer inversiones dentro de las comunidades autónomas y sus espacios rurales.

El Plan de Empleo Rural permite que se contraten a trabajadores eventuales agrarios durante sus periodos de paro. Por este método se facilita un periodo de empleo, y su acceso posterior a un subsidio especial por desempleo.

A pesar de que, al pasar los años, ha comenzado a extenderse en diversas comunidades autónomas, Andalucía y Extremadura son las poblaciones en las que se invierte aproximadamente un 86.5% de la ayuda percibida.

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No son pocas las familias en España que hasta el día de hoy se han dedicado a trabajar el campo. Sin embargo, los tiempos difíciles pueden afectar a cualquiera, y cuando se necesita, toda ayuda es bien recibida.

Si este es tu caso ¡No pierdas tiempo! Reúne todos los requisitos para cobrar la Renta Agraria.

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