Conoce como solicitar el Certificado de Convivencia

Existen algunos derechos como pareja de hecho, que son importantes tomar en cuenta, Conoce como solicitar el Certificado de Convivencia.

No esperes a necesitarlo para obtenerlo, te mostramos los requisitos, métodos y otros items, para solicitarlo.

Certificado de Convivencia

¿Cómo solicitar el Certificado de Convivencia?

En España, la manera de solicitar el Certificado de Convivencia, es potestad de cada comunidad autónoma, ya que no existe una ley nacional.

Existen ayuntamientos que disponen de página web, con un menú de servicios online. Donde además se consiguen guías para su uso.

Otras comunidades solo cuentan con el trámite presencial, en los registros facultados para tal fin. En los que es muy posible que se deba solicitar cita previa.

Por lo que, una vez que seleccionemos el lugar para solicitarlo. Debemos validar la disposición de sus servicios y atención al ciudadano.

A través de su página electrónica o ante las oficinas facultadas.

Requisitos para Certificado de ConvivenciaCertificado de Convivencia

Los requisitos para solicitar el Certificado de Convivencia, pueden variar según cada comunidad autónoma.

También dependen del método seleccionado, entre electrónico o presencial.

Validando con anticipación, las opciones que estuviesen disponibles en el ayuntamiento donde se solicite.

Sugerimos que se tengan cargados en formato digital los documentos de identidad y las declaraciones de los testigos.

Es muy posible que para el trámite on-line se requiera:

  1. Poseer un Certificado Digital o DNIe.
  2. Tener un dispositivo electrónico, con la configuración compatible con la plataforma de tramitación. Debe ser previamente validada con el ayuntamiento donde se gestione.

De forma presencial

  1. Asistir a la oficina o registros facultados por la Administración General del Estado o de las Comunidades Autónomas, o los Ayuntamientos de los Municipios.
  2. También en las oficinas de Correos, en las embajadas o consulados de España en el extranjero. Y en todo Registro establecido por las autoridades y leyes vigentes.
  3. Confirmar en la página web del sitio seleccionado, si es necesario solicitar cita previa.
  4. Acudir en la fecha y hora asignada con los documentos de identidad y los testigos que darán fe de la convivencia.
    Existe la posibilidad que soliciten el Volante o el Certificado de Empadronamiento.

Aconsejamos que los requisitos sean consultados en el lugar seleccionado para el trámite.

Paso a pasoCertificado de Convivencia

Los pasos para obtener el certificado de Convivencia, van a depender de la regulación propia de la comunidad autónoma donde se solicite.

Así como de los métodos o formas, que tengan disponibles en las instituciones facultadas para la emisión del documento.

¿Qué es el Certificado de Convivencia?Certificado de Convivencia

Es el documento legal, con el que se prueba que una pareja, mantiene relaciones de convivencia bajo el mismo techo o residen en el mismo domicilio.

Los convivientes demuestran que tienen una condición legal como pareja de hecho.

Entendiendo como pareja de hecho, a dos personas que comparten el día a día como si estuviesen bajo el matrimonio, sin haber realizado el evento a través de esta institución.

La convivencia debe ser pública, estable y duradera, bajo el mismo domicilio.

El propósito del certificado, es poder acceder a los derechos y deberes, que asumen los cónyuges cuando están bajo la condición legal del matrimonio.

Aunque algunos derechos son reconocidos cuando la pareja de hecho, formaliza su condición a través del certificado de convivencia.

En España, según los lineamientos de cada comunidad autónoma, existen deberes y derechos más o menos similares a los reconocidos en un matrimonio.

De hecho, en todas las comunidades autónomas, a las parejas de hecho se les reconoce el ingreso a las becas, a las viviendas públicas, a las subvenciones, e incluso a las exenciones fiscales. Que son reconocidas a los cónyuges en el matrimonio.

Otro ejemplo sobre el acceso a los derechos, lo encontramos en los permisos por maternidad o paternidad, que son completamente iguales a los del matrimonio.

Incluyendo las facilidades y derechos en el caso de las adopciones.

La diferencia más notable, es en el caso de fallecer uno de los convivientes, siendo los derechos menores que en el matrimonio.

Y es en estos momentos cuando el certificado de convivencia, es de gran relevancia, pues con él se justifica la condición de pareja de hecho o de convivencia.

Permitiendo la igualdad de derechos que en el matrimonio.

Otras situaciones que afectan negativamente a los convivientes, es cuando la pareja rompe o se separa, y uno de ellos depende financieramente del otro.

Debiendo establecerse la pensión alimenticia, luego de una querella ante los tribunales pertinentes. Mientras que bajo el matrimonio es un beneficio automático.

El poder justificar la existencia de una pareja de hecho a través del certificado, es de suma importancia, para acceder al disfrute de gran cantidad de derechos que se asignan en el matrimonio.

Mientras que, para los casos fiscales ante Hacienda, la pareja de hecho solo tiene algunas exenciones fiscales, pues la condición no tiene la misma equivalencia que un matrimonio.

¿Qué es unión convivencial?Certificado de Convivencia

La unión convivencial, podemos definirla como la relación entre dos personas que han elegido esta forma de unión de manera libre, pública y estable. Independientemente de su orientación sexual.

Basadas en demostraciones de afecto, respeto y responsabilidad, similares a las de la institución del matrimonio.

La cual se consolida a lo largo de los años bajo la coexistencia del día a día, con públicas actitudes de sus miembros.

Pero sin contraer las consecuencias anexas al matrimonio. Ni tampoco las regulaciones del mismo como capitulaciones, disolución, entre otras.

En España no existe una ley de uniones de hecho con carácter nacional, solo algunas Comunidades Autónomas han establecido regulaciones en relación con las parejas que han optado por esta manera de convivir.

Consejos y dudas

En las parejas conformadas por un ciudadano español u otro país europeo con un extranjero, es muy frecuente que se les presente la duda de cuál es la manera más rápida, para formalizar su unión en territorio español.

Entre las opciones a evaluar están, casarse antes de llegar a España, casarse ya estando en España o formalizar la pareja de hecho.

En la primera opción, el trámite de inscribirse en el registro civil español ante el consulado con sede en el país donde se casen, tiene una duración de hasta nueve meses.

Para la segunda opción, deben reunir una serie de documentos y condiciones, que podrían tomar mucho más de los tres meses de estancia legal de la pareja extranjera.

Siendo la tercera, la mejor de las opciones. Ya que la certificación de la pareja de hecho, es completamente válida, para obtener el carnet de residencia, con la condición de ser un familiar comunitario.

Certificado de Convivencia

Si ya tienen como mínimo un año de convivencia en el mismo domicilio, en el país de origen de la pareja extranjera, es posible realizar la inscripción como unión estable de hecho, al llegar a España.

Siempre que puedan demostrar o comprobar con documentos, como constancias de residencia, contratos de alquiler, entre otros, que han estado viviendo juntos y cumplen con el tiempo mínimo establecido.

Como no hay una regulación nacional que estandarice los requisitos, la pareja interesada debe consultar los requerimientos del ayuntamiento donde residan.

Pues en algunas comunidades autónomas, exigen que uno de los miembros de la pareja deba estar empadronado en el municipio respectivo o que cumplan con un mínimo de tiempo de convivencia en ese mismo lugar.

Exigencias que demorarían la obtención del NIE, hasta llegar a superar la estadía legal de la persona extranjera.

¡Deseamos que la información, sea un motivador para formalizar la unión de convivencia!

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