Disfruta de las bondades de ser una gran familia, conoce como tramitar un Certificado de Familia Numerosa.
Obtendrás descuentos en diferentes sectores, lee completo el artículo, es una breve guía para tramitar el certificado sin contratiempos.
ÍNDICE DE CONTENIDOS
¿Cómo tramitar un Certificado de Familia Numerosa?
El certificado o Título de Familia Numerosa, según la Comunidad Autónoma donde se realice, puede ser tramitado de forma presencial o por vía electrónica.
Para la primera opción, es frecuente que se requiera la cita previa y en la segunda opción se debe poseer un certificado digital válido y vigente, reconocido por la Comunidad Autónoma seleccionada.
Puede ser solicitado por los ascendientes, de forma conjunta o particular, por la persona tutora, o acogedora o guardadora. Así como por cualquier miembro de la unidad familiar capacitado legalmente.
El formulario de solicitud y la documentación requerida deben ser presentados en los organismos dispuestos por la Ley 39 de 2015, en el Art. 16.4, sobre el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Entre estos se encuentran las Delegaciones Territoriales de Salud y Familias, o en los Ayuntamientos que correspondan al domicilio de las personas interesadas. Incluyendo los registros y las oficinas postales.
En caso de disponer de la opción por la vía electrónica, presentando el DNIe o alguno de los certificados electrónicos existentes, se puede obtener el certificado de forma inmediata.
Requisitos![Certificado de Familia Numerosa](data:image/svg+xml,%3Csvg%20xmlns='http://www.w3.org/2000/svg'%20viewBox='0%200%20523%20378'%3E%3C/svg%3E)
En vista que, pueden existir diferentes características en las condiciones para familia numerosa. Cada una de ellas deberá presentar la documentación que justifique la condición particular.
Siendo la documentación básica a ser presentada:
- El original y una copia del formulario de solicitud, debidamente firmado por el/los interesados.
- Documento vigente que certifique el empadronamiento, es decir, el volante emitido por la autoridad competente del domicilio familiar.
- La copia de los Documentos Nacionales de Identidad de los progenitores y de los hijos con más de 14 años. El NIE vigente, en caso de aplicar. O el pasaporte con la inscripción en el registro de ciudadanos de la Unión Europea. Para todos los que forman la familia.
- Copia de la constancia de matrimonio, del Libro de Familia o de las constancias de nacimiento de los Si el matrimonio se realizó en el extranjero debe contar con la legalización ante el Ministerio de Asuntos Exteriores, por la respectiva embajada u oficina consular. O en su defecto la apostilla de la Haya, en el idioma castellano.
- En los casos que aplique, se deberá presentar la documentación que certifique la condición como discapacidad o constancias de estudios para mayores de los 21 años, comprobantes de pago de matrícula, constancias de divorcio, la Declaración Impuesto sobre la Renta IRPF, documento de defunción, entre otros.
Pasos a seguir![Certificado de Familia Numerosa](data:image/svg+xml,%3Csvg%20xmlns='http://www.w3.org/2000/svg'%20viewBox='0%200%20533%20355'%3E%3C/svg%3E)
No existe un procedimiento estándar a nivel nacional, para solicitar el Certificado de Familia Numerosa.
Sin embargo como pasos generales, podemos numerar:
- Consultar el procedimiento y documentación, requerida por la comunidad autónoma donde se hará la solicitud.
- Completar y firmar la solicitud de emisión de certificado de familia numerosa
- Reunir la documentación requerida
- Solicitar la Cita Previa o Certificado Digital, según la modalidad
- Asistir al organismo o ingresar al sitio web respectivamente
El tiempo para notificar la concesión del certificado o titulo de familia, es potestad de la comunidad autónoma. Y dependerá de la complejidad de cada núcleo familiar y la validación de los documentos presentados.
En nuestra investigación, hemos notado que los plazos de entrega, van desde inmediatamente hasta los seis meses, desde que se completa el trámite de solicitud.
¿Qué es un Certificado de Familia Numerosa?![Certificado de Familia Numerosa](data:image/svg+xml,%3Csvg%20xmlns='http://www.w3.org/2000/svg'%20viewBox='0%200%20399%20197'%3E%3C/svg%3E)
El certificado es también conocido como titulo de familia numerosa.
Y es el documento oficial con el que se acredita las condiciones para ser una familia numerosa. Generando la capacidad para disfrutar las ventajas que ofrecen algunos establecimientos comerciales, entidades e instituciones.
Los miembros de una familia numerosa certificada, gozan de un carnet colectivo. Y además un carnet personal para cada uno de sus miembros, que posean DNI o NIE.
¿Cuándo se es familia numerosa?
En base a la Ley 40 del año 2003 y su reglamento, referidos a la protección de las Familias Numerosas, se establece como condición para considerarse como tal a:
- Las compuestas por el/los progenitor, o tutor, los acogedores o los guardadores, legalmente acreditados, y tres o más hijos, sean o no comunes.
Aunque existen excepciones, como las que tienen dos hijos, siempre y cuando:
- Exista un grado de discapacidad legalmente reconocido, en alguno de los ascendentes, con un grado igual o superior al 65%. O 33% para ambos.
- Existencia de 33% en los hijos con incapacidad para realizar actividades que les generen ingresos.
- Cuando falte uno de los progenitores a causa de fallecimiento, y la familia sea de un progenitor con dos hijos
- En casos de orfandad, existan dos hermanos bajo tutela, o con acogimiento familiar permanente, o por guarda o preadopción.
- También si son tres o más hermanos huérfanos, con más de 18 años. También si de dos, uno es discapacitado, tienen dependencia económica entre ellos y conviven bajo el mismo domicilio.
- Cuando existan tres o más hijos, con padres divorciados o separados, que residan en diferentes familias, pero dependientes económicamente de estos, aunque los padres no tengan la misma dirección de residencia. Se debe presentar una resolución judicial donde se manifiesta la obligación de proveer alimentos. Teniendo en cuenta que la unidad familiar estará bajo carácter de convivientes.
La clasificación de las familias numerosas, es de dos tipos, especial y general.
En la Especial, la familia está integrada:
- Por 5 hijos o más
- Por 4 hijos, tres de ellos originados por alumbramiento natural, por adopción o por acogida permanente o pre adopción múltiples.
- Familias con cuatro hijos, cuyos ingresos al año al ser divididos entre el número de miembros de la familia, no sobrepasen el cálculo del año del 75 % del IPREM vigente.
Como categoría General:
- El resto de los diferentes familias.
Es importante conocer, que por cada hijo incapacitado para realizar actividades laborales, se contará como dos miembros de la familia. Tendrá peso en la determinación de la categoría a ser asignada durante la clasificación.
Además dentro de las condiciones del número de miembros de la familia y sus características particulares, existen requisitos implícitos:
- En la condición de hijos, deben ser solteros y tener menos de 21 años de edad. O tener condición de incapacidad para realizar actividades laborales, independientemente de su edad.
Ampliándose esta característica hasta los 25 años, si se encuentra realizando estudios en el nivel universitario. Incluidos los variados periodos y las modalidades de Formación Profesional en los niveles superior.
O de adiestramientos especializados, equiparados al nivel profesional o universitario. Bien sea en sitios privados o públicos. En esta ampliación se incluyen los estudios realizados para obtener un cargo laboral.
- Los hijos, deben convivir con el ascendiente solicitante. Sin menoscabo de los supuestos cuando existe divorcio o separación, como la obligación de proveer alimentos por parte del ascendiente que no vive con el hijo.
- Dependencia económica de los hijos por los ascendientes.
- Las personas que forman la familia deben ser:
-
- Españoles o de países miembros de la UE, o del Acuerdo del EEE. Residir en el territorio español.
- Al menos uno de los ascendientes, debe realizar actividades de forma dependiente o independiente en suelo español, en caso que la familia tenga domicilio en otro país no incluido en los referidos anteriormente.
- Si el número completo de los miembros de la familia que origina la condición de familia numerosa, son nacionales de otros países, deben residir en España.
- Ninguno de los miembros de la familia pueden estar registrados en dos familias numerosas de forma simultánea.
En caso de variar las condiciones particulares de cada miembro de la familia numerosa, el certificado será válido, hasta tanto el menor de los miembros cumpla con las condiciones que dan lugar al derecho.
Limitando los beneficios a los miembros que ya no las cumplen.
Solicitud de Carnet de Familia Numerosa
Las opciones para solicitar el carnet de familia numerosa dependen de la comunidad autónoma donde vayas a realizar el trámite.
Existen algunas que ya cuentan con la plataformas para hacer la solicitud vía internet, además de la presencial en las oficinas de los organismos autónomos con competencia.
Generalmente, solicitan documentación que debe ir acompañada de un formulario de solicitud. Sin embargo, para evitar contratiempos en el trámite, es recomendable consultar en los organismos competentes que documentos y procedimiento de expedición tienen establecidos.
Cuando una familia es reconocida como Familia Numerosa, existen carnet o tarjetas individuales disponibles para cada miembro que posea DNI.
Para poder disfrutar de los beneficios que genera ser miembro de una familia numerosa, se debe mostrar el carnet junto con el DNI o NIE Número de Identidad de Extranjero.
Entre las bondades se encuentran descuentos en actividades de entretenimiento, como visitas a museos. También en medios de transporte, tanto aéreos como terrestres. Además de algunas bonificaciones estatales.
Pero para su disfrute, previamente hay que realizar una solicitud con la firma de uno de los titulares. O de los interesados que sean mayores de edad, anexando la copia del DNI o NIE, de quien va a ser portador del carnet.
Estos carnets son intransferibles y personales.
En algunas comunidades, son entregados simultáneamente con la emisión presencial de la certificación de familia numerosa, evitando tener que realizar trámites adicionales.
En la actualidad, es posible contar con la certificación y carnet individual de familia numerosa, a través de una aplicación en cualquier dispositivo inteligente móvil, como tabletas o smartphone.
También es posible realizar la solicitud por la vía electrónica o Internet, como por ejemplo en la comunidad de Madrid.
Al presentarse algún cambio en las condiciones que dan origen a la familia numerosa, se deberá renovar el carnet o tarjeta.
Teniendo tres meses, desde que se presenta la variación, para renovarlo.