Aun estas a tiempo de presentar la declaración de renta en Colombia, pero, ¿Sabes cuales son los requisitos para declarar la renta? te ofrecemos la información que necesitas sobre este tema.
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¿Cuáles son los Requisitos para declarar la renta?
Los encargados de declarar la renta son las personas que en el transcurso del año pasado:
- Hayan llegado a un patrimonio por encima de los 143.366.000 pesos.
- Ingresos totales por encima de los 44.603.000 pesos.
- Si hicieron pagos tarjetas de crédito por encima de los 44.603.000 pesos.
- Usaron 44.603.000 pesos en compras y consumos.
- Cuando la cantidad total de las consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras estén por encima de los 44.603.000 pesos.
Para independientes
Para que un contribuyente en Colombia pueda hacer su declaración de renta como independiente o para que no declare como trabajador independiente, es necesario que haya facturado todos sus ingresos.
Los constribuyentes que forman parte del grupo de trabajadores independientes como se especifica en el articulo 594-1 pueden considerarse como tal y según esto declarar o no:
Trabajadores independientes no obligados a declarar. Sin perjuicio de lo establecido por los artículos 592 y 593, no estarán obligados a presentar declaración de renta y complementarios, los contribuyentes personas naturales y sucesiones ilíquidas, que no sean responsables del impuesto a las ventas.
Cuyos ingresos brutos se encuentren debidamente facturados y de los mismos un ochenta por ciento (80%) o más se originen en honorarios, comisiones y servicios, sobre los cuales se hubiere practicado retención en la fuente.
Siempre y cuando, los ingresos totales del respectivo ejercicio gravable no sean superiores a 1.400 UVT y su patrimonio bruto en el último día del año o período gravable no exceda de 4.500 UVT.
(…)
Como se expresa textualmente en el articulo, la ley establece como norma que se haya facturado de manera adecuada los ingresos y no hay diferencia con los contribuyentes que no están forzados a facturar.
Para personas naturales
El UVT del año 2017 tiene las especificaciones de los requisitos que deben cumplir las personas naturales. En la actualidad hay una reforma de estos requisitos. Hasta ahora no es valido sino hasta las declaraciones que se hagan en año 2020 que corresponden al año gravable 2019.
- Personas naturales que consiguieron un ingreso durante el año igual o mayor a $46.418.000.
- Hayan obtenido un patrimonio bruto por encima de $149.202.000 para 31 de diciembre del año anterior.
- Si la persona realizo compras y consumos con tarjetas de crédito por encima de $46.418.000 durante el año anterior.
- Hizo compras y consumos, con medios de pagos no crediticios, superiores a $46.418.000.
- La persona hizo consignaciones por encima de $44.46.418.000.
- Fue responsable del régimen común durante el año 2018.
- El valor de la UVT en el año 2018 es de $33.156.
Donde y cuando hacer mi declaración de renta
La declaración de Renta se hace ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN.
A continuación le vamos a informar los periodos de tiempo para hacer la declaración sobre la renta de personas naturales jurídicas y grandes contribuyentes. También esta establecido los periodos para llevar el Impuesto a la Equidad-CREE
Periodos de impuestos sobre la Renta
Los tiempos de pago para las personas naturales que realicen su obligación de declarar comienza el el 06 de agosto de 2019 y culmina el 17 de octubre de 2019.
ÚLTIMOS DÍGITOS NIT | HASTA EL DÍA |
---|---|
99 y 00 | 6 de agosto de 2019 |
97 y 98 | 8 de agosto de 2019 |
95 y 96 | 9 de agosto de 2019 |
93 y 94 | 12 de agosto de 2019 |
91 y 92 | 13 de agosto de 2019 |
89 y 90 | 14 de agosto de 2019 |
87 y 88 | 15 de agosto de 2019 |
85 y 86 | 16 de agosto de 2019 |
83 y 84 | 20 de agosto de 2019 |
81 y 82 | 21 de agosto de 2019 |
79 y 80 | 22 de agosto de 2019 |
77 y 78 | 23 de agosto de 2019 |
75 y 76 | 26 de agosto de 2019 |
73 y 74 | 27 de agosto de 2019 |
71 y 72 | 28 de agosto de 2019 |
69 y 70 | 29 de agosto de 2019 |
67 y 68 | 30 de agosto de 2019 |
65 y 66 | 2 de septiembre de 2019 |
63 y 64 | 3 de septiembre de 2019 |
61 y 62 | 4 de septiembre de 2019 |
59 y 60 | 5 de septiembre de 2019 |
57 y 58 | 6 de septiembre de 2019 |
55 y 56 | 9 de septiembre de 2019 |
53 y 54 | 10 de septiembre de 2019 |
51 y 52 | 11 de septiembre de 2019 |
49 y 50 | 12 de septiembre de 2019 |
47 y 48 | 13 de septiembre de 2019 |
45 y 46 | 16 de septiembre de 2019 |
43 y 44 | 17 de septiembre de 2019 |
41 y 42 | 18 de septiembre de 2019 |
39 y 40 | 19 de septiembre de 2019 |
37 y 38 | 20 de septiembre de 2019 |
35 y 36 | 23 de septiembre de 2019 |
33 y 34 | 24 de septiembre de 2019 |
31 y 32 | 25 de septiembre de 2019 |
29 y 30 | 26 de septiembre de 2019 |
27 y 28 | 27 de septiembre de 2019 |
25 y 26 | 30 de septiembre de 2019 |
23 y 24 | 1 de octubre de 2019 |
21 y 22 | 2 de octubre de 2019 |
19 y 20 | 3 de octubre de 2019 |
17 y 18 | 4 de octubre de 2019 |
15 y 16 | 7 de octubre de 2019 |
13 y 14 | 8 de octubre de 2019 |
11 y 12 | 9 de octubre de 2019 |
09 y 10 | 10 de octubre de 2019 |
07 y 08 | 11 de octubre de 2019 |
05 y 06 | 15 de octubre de 2019 |
03 y 04 | 16 de octubre de 219 |
01 y 02 | 17 de octubre de 2019 |
- El periodo para cancelar la primera cuota es: entre el 8 y 21 de febrero de 2019
- Segunda cuota es: entre el 9 y el 25 de abril de 2019
- Tercera cuota es: 11 y 25 de junio de 2019
- Deberás declarar la primera cuota entre el 9 de abril y el 10 de mayo de 2019 (según los últimos dos dígitos del NIT)
- Cancelar la segunda cuota entre el 11 y el 25 de junio de 2019 (según los últimos dos dígito del NIT)
Como es el proceso para declarar la renta
A continuación vamos a decirte el paso a paso para presentar tu declaración de renta en este 2019
Paso 1: ¿Como saber si debo declarar renta?
Este es el primer paso, saber si eres uno de los colombianos obligados a declarar la renta en este 2019.
Tendrás que pagar la renta si eres residente y superas cualquiera de los topes de ingresos en cuanto a consignaciones, patrimonio, consumos y compras y también si eres parte del régimen común del IVA.
Paso 2: Inscríbete o actualiza el RUT
Este paso consiste en hacer la actualizacion del RUT si por alguna razón usted cambio los datos de ubicación, como teléfono, correo y dirección o su actividad económica.
Debes hacer la actualización si tienes la obligación de mostrar la declaración de renta y complementarios
Paso 3: Identificación del tipo de ingreso por cédula
Paso 4: Formularios renta naturales
Los formularios usados para presentar la declaración de renta son:
- Formulario 210: Declaración de Renta y Complementarios Personas Naturales y Asimiladas no Obligadas a llevar contabilidad.
- Formulario 110: Declaración de Renta y Complementarios o de Ingresos y Patrimonio para personas jurídicas (sean nacionales o extranjeras) y para personas naturales y/o sucesiones líquidas no residentes.
Paso 5: Declaro la renta y si me corresponde pago
Tener la obligación de declarar la renta no es lo mismo a la obligación de pagar entonces, puede ser que su declaración muestre un monto para cancelar o no.
Por este motivo es importantísimo presentar la declaración en los tiempo estipulados por la ley y así te evitas sanciones por extemporaneidad.
- Para usuarios registrados: Si eres de los colombianos que se registraron en los servicios en línea de la DIAN estas en la capacidad de tramitar tu formulario, bien sea como usuario virtual o no, y también haciendo el pago en línea.
- Para usuarios nuevos: Si eres de los ciudadanos que no están registrados en los servicios de tramites en línea de la DIAN, hazlo de manera sencilla habilitando tu cuenta. De esta manera vas a obtener tu cuenta y seras un nuevo usuario de la DIAN.
- Para usuarios que no estén registrados (Tramitar Formularios): Gestiona tus formularios, sin tener que habilitar cuentas, sin claves, usando esta opción. Fue creada para hacer mas fácil el proceso para las personas que lo hacían usando los formularios litográficos.
- Para los formulario impresos en papel: Si se te hace imposible hacer el tramite mediante alguna de las tres opciones anteriores puedes dirigirte a los puntos de contacto de la DIAN en todo el país para adquirir los formularios en papel, no tienen ningún costo.
¡Nos leemos luego!