Los requisitos para beneficiarse con la Renta Dignidad por primera vez en Bolivia son un tema más bien nuevo. Tan solo se han comenzado a aplicar desde hace poco más de una década, pero aun así son una gran ayuda para los adultos mayores del país.
Si ya te encuentras cercano a la edad para conseguirla o conoces a alguien a quien le pueda ser de ayuda, quédate y conoce con nosotros los requisitos para beneficiarse con la Renta Dignidad por primera vez.
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Requisitos para Beneficiarse con la Renta Dignidad por primera vez
Los requisitos para beneficiarse con la Renta Dignidad por primera vez en Bolivia son bastante sencillos. Siempre y cuando se recolecten la siguientes condiciones, los ciudadanos no deben tener preocupaciones sobre el cobro de su Renta Dignidad.
- Tener 60 años de edad o más.
- Residir en Bolivia en el momento de llevar a cabo la solicitud.
- Haber sido registrado en la Base de Datos de los beneficiarios de la Renta Dignidad (al entregar la documentación que vamos a explicar a un poco más adelante).
- No estar cobrando un sueldo en una institución pública.
- No tener a tu nombre una resolución administrativa que prohíba o suspenda el pago del Bono Social Vitalicio o el Bono Solidario
¿Cómo solicitar la Renta Dignidad?
Los requisitos para beneficiarse con la Renta Dignidad por primera vez en Bolivia se componen de la entrega de determinada documentación.
Los documentos y datos que deberán entregarse para solicitar la Renta Dignidad son los mostrados a continuación:
- Original de tu certificado de nacimiento, que es emitido por el Registro Civil.
- Original y copia del documento de identidad que corresponda, ya sea la cédula o el pasaporte.
- Si solo se tiene el Registro Único Nacional tendrán que encargarse de conseguir su cédula de identidad previo al registro en la Renta Dignidad.
Asimismo, existe cierta documentación que deberá presentarse en el momento de la actualización de datos para beneficiarse con la Renta Dignidad. Estos cambios permitirán la modificación de información como tus nombres o apellidos, tu sexo o tu estado civil. Para ello, tienes que presentar los siguientes documentos:
- Una copia de la boleta de actualización, entregada por tu entidad financiera predilecta.
- Original y copia del documento de identidad que corresponda, ya sea la cédula o el pasaporte.
- Una copia perfectamente legible de tu certificado de nacimiento.
Si lo que se desea actualizar es la fecha de nacimiento, la documentación a entregar es la aquí descrita:
- Una copia de la boleta de actualización, entregada por tu entidad financiera predilecta.
- Original y copia del documento de identidad que corresponda, ya sea la cédula o el pasaporte.
- Una copia perfectamente legible de tu certificado de nacimiento que muestre claramente el cambio en la fecha de nacimiento.
- Una copia de la sentencia de un juez para llevar a cabo la rectificación en el certificado de nacimiento.
Una vez todos tus datos se encuentren en orden, se te confiere la opción de recibir los pagos para beneficiarse con la Renta Dignidad desde tu casa. Esta posibilidad está dispuesta para aquellos adultos que necesiten esta ayuda, y es obligatorio presentar esta documentación:
- Un certificado médico. El mismo debe seguir el formato utilizado por el Colegio Médico de Bolivia. Los datos del solicitante que aparezcan en este documento deben coincidir con los que aparecen en su documento de identificación.
- Original y copia del documento de identidad que corresponda al beneficiario, ya sea la cédula o el pasaporte.
- Original y copia del documento de identidad que corresponda al solicitante, ya sea la cédula o el pasaporte.
- Una carta en la que el solicitante pida el pago a domicilio a la entidad que le toque.
- Un croquis en el que se explique la ubicación del domicilio que se registre para recibir el pago.
Por último, existe un servicio en el cual se puede acceder a gastos funerarios, durante los primeros seis meses posteriores al fallecimiento del beneficiario. Se puede acceder a este siempre que se presente la siguiente documentación:
- Original de la partida de defunción del beneficiario.
- Original y copia del documento de identidad que corresponda al beneficiario fallecido, ya sea la cédula o el pasaporte.
- Si no se tiene el documento de identidad del fallecido, se deberá entregar un certificado de cédula de identidad original. Este documento debe emitirse por medio del Servicio General de Identificación Personal.
- Original y copia del documento de identidad que corresponda al solicitante, ya sea la cédula o el pasaporte.
- La factura comercial de los gastos funerarios-
- Si no se tiene la factura comercial, la única solución es presentar un recibo comercial Este debe acompañarse con la declaración de dos testigos. Dichos testigos deberán entregar originales y copias de sus documentos de identidad, ya sea la cédula o su pasaporte.
Pasos a seguir
Los pasos a seguir para la entrega de los requisitos para beneficiarse con la Renta Dignidad por primera vez se componen de los aquí descritos:
- Reunir la documentación y las condiciones mencionadas según cada caso mencionado más arriba.
- Conocer el centro de atención de la Renta Dignidad más cercano a tu domicilio. Si tienes problemas encontrando uno por tu cuenta, en este enlace te dejamos una lista en la cual vas a poder buscar la sede que te toque. Esta incluye su localidad, teléfonos de atención disponibles, la sucursal, la dirección y su ubicación exacta en el mapa.
- Prepárate con tu documentación y acércate a la oficina. Allí te va a atender un funcionario que se va a encargar de llevar a cabo tu inscripción.
- Recuerda entregar tanto originales como copias, de manera que se pueda garantizar que la información personal, financiera y médica que estás brindando es correcta y verás.
- ¡Y estarás listo! Solo te queda esperar el plazo usual de estos trámites y comenzarás a percibir la ayuda gracias a los requisitos para beneficiarse con la Renta Dignidad por primera vez.
Nota: Tendrás que asistir a una oficina para cada cobro de la Renta Dignidad, a menos que solicites el pago a domicilio con los documentos que explicamos anteriormente.
¿Qué es la Renta Dignidad?
La Renta Dignidad es un programa de pago mensual, universal y vitalicio entregado por el Estado de Bolivia. Su objetivo es ayudar a cubrir las necesidades de los ciudadanos mayores de 60 años que residan en el país.
La Renta Dignidad es un bono que se ha financiado, desde su creación en 2007, por un porcentaje de los ingresos nacientes del Impuesto Directo a los Hidrocarburos. En este año se crea el programa gracias a la implementación de la Ley No. 3.791.
La característica esencial de la Renta Dignidad es su apoyo a los beneficiarios mayores de 60 años. A través de esta, incluso aquellos que no hicieron aportes a su seguridad social para un ahorro a largo plazo. Es llamada renta debido a su naturaleza mensual, que tiene como adicional el pago de un décimo tercer pago llamado aguinaldo.
Entre otros beneficios que nacieron de la Ley No. 3.791 de la Renta Dignidad se establecieron la prestación de la Renta Universal de Vejez a nombre de los beneficiarios y el cubrimiento de los gastos funerales para los contribuyentes.
La Renta Dignidad podrá ser solicitada por cualquier ciudadano, boliviano o extranjero, que cumpla con los requisitos para beneficiarse con la Renta Dignidad por primera vez que hemos explicado a lo largo de este artículo.
¿Cuánto es la Renta Dignidad?
La Renta Dignidad, para comienzos de 2020, se estableció en 350 bolívares, incrementando en 50 bolívares desde su último incremento. Este pago comenzará a hacerse desde julio de este año.
Cabe destacar que este monto es mensual o puede hacerse la solicitud para que se haga un solo pago anual. Con esto se busca cubrir la demanda de atención de los más de un millón de adultos mayores que perciben la Renta Dignidad.
Base de datos de Beneficiarios de la Renta Dignidad (BRD)
La Base de Datos de Beneficiaros de la Renta Dignidad es el banco de información en el cual se reúne toda la información que ya ha sido expuesta.
Gracias a esta se mantiene un registro ordenado de todos los beneficiaros que hayan cumplido con los requisitos para beneficiarse con la Renta Dignidad por primera vez.
Preguntas frecuentes
En esta última sección responderemos algunas preguntas frecuentes que se pueden encontrar con respecto a los requisitos para beneficiarse con la Renta Dignidad por primera vez.
¿Quiénes pueden cobrar la Renta Dignidad?
El cobro de tu Renta Dignidad es de carácter personal en cualquier banco. Ninguna persona relacionada al titular podrá cobrarla en su nombre, ni siquiera en caso de que posea un poder notariado.
¿Qué condiciones implican la suspensión de mi derecho al pago por la Renta Dignidad?
La suspensión del derecho al cobro ocurre cuando:
- El beneficiario cobra la Renta Dignidad en más de una sola ocasión durante un mismo periodo.
- El beneficiario ya cobró la Renta Dignidad previo de cumplir los 60 años de edad.
- O el beneficiario no cumple con todos los requisitos para beneficiarse con la Renta Dignidad por primera vez.
Para más información puedes llamar a la línea gratuita de atención (marcando el 800 101 620) o acercarte a una oficina de atención al ciudadano.
¿Qué otras formas existen para cobrar la Renta Dignidad que no sea el método usual?
Otras opciones que se te presentan son:
- Cobrarla por motivos de salud, ya sea que el beneficiario no pueda hacerlo por su cuenta en consecuencia de una enfermedad o accidente. En todo caso deberá asistir su descendiente, cónyuge o familiar directo en general con su cédula de identidad y la propia.
- En el caso de los privados de libertad, los abonos se harán según las listas de beneficiarios entregados por los Centros Penitenciarios.
- Para las casas de asilo, igualmente de deberán hacer los abonos de acuerdo a las listas entregadas por parte de un personero de la AFP.
- En caso de encontrarse fuera del país, el beneficiario puede solicitar el bloqueo voluntario de su Renta Dignidad y evitar que otra persona la cobre en su nombre.
Con toda esta información, esperamos haberte orientado en el tema de los requisitos para beneficiarse con la Renta Dignidad por primera vez en Bolivia. Sabemos que puede ser un tema confuso, pero en este artículo esperamos haberte ayudado para que puedas conseguir este beneficio tan pronto alcances la edad establecida ¡Y así puedas pasar tu vejez con un poco más de comodidad!